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CÁMARA DE SENADORES


ACTA

SESIÓN DEL 3 DE ABRIL

Se abrió con los señores Elizondo, Barros, Echéverz, Egaña, Eyzaguirre, Ovalle, Portales, Renjifo, Tocornal, Vial Santelices i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la anterior, se leyeron tres comunicaciones del Presidente de la República, recomendando al teniente-coronel don Francisco Búlnes para el grado de coronel, i para la efectividad de su grado a los coroneles graduados, don Domingo Frutos i don Domingo Urrutia; se mandaron pasar a la Comision Militar.

Dos solicitudes, una de Nicolás Gana i la otra de Lorenzo Carvacho, para que se les dé el empleo de porteros del Senado. Se mandaron pasar con la de don Santiago Guzman, dirijida al mismo objeto, a la Comision de Policía Interior.

Tuvo segunda discusión la indicación del señor Egaña, i conforme a ella, fué resuelta la consulta del Gobierno sobre si los militares están comprendidos en la parte 10 del artículo 82 de la Constitución en la forma que sigue:

"La parte 10 del artículo 82 de la Constitución comprende a los militares; en consecuencia, el Presidente de la República, en las destituciones que ocurran, procederá con arreglo a él; entendiéndose por empleados superiores los que tengan el grado o empleo de coronel o capitan de navio para arriba."

Se puso despues en primera discusión la proposicion del señor Egaña, presentada en la sesión anterior, para adicionar el proyecto de lei que traslada a la Corte Suprema de Justicia el conocimiento de las causas criminales i de hacienda; i concluida, se levantó la sesión. —Doctor Elizondo, Presidente.


ANEXOS

Núm. 460

Satisfecho el Presidente de la República de los importantes i activos servicios que incesantemente presta en el desempeño de su penoso empleo el actual comandante de la alta frontera, teniente coronel de caballería don Francisco Búlnes, se hace un deber de recomendar de nuevo al Senado la propuesta para el grado de coronel, que dirijió a la Comision Conservadora en 14 de Noviembre del año próximo pasado. —Dios guarde a V. E . —Santiago, Abril 3 de 1835, —Joaquín Prieto. José Javier de Bustamante. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 461

El Presidente de la República, de conformidad con la parte 9.ª, artículo 82 de la Constitución, recomienda al Senado para la efectividad de su grado al teniente coronel de caballería graduado de coronel, don Domingo Urrutia.

Los antiguos i notorios servicios de este jefe, su decidida adhesión al órden, de que tiene dadas irrefragables pruebas, la influencia i ascendiente de que goza con utilidad del servicio, en los pueblos del Sur, i su prestijio en el Ejército donde es mirado por sus compañeros de armas como uno de sus veteranos, i a cuyo título le dan derecho las honrosas cicatrices adquiridas en el campo del honor durante la lucha de la Independencia, de que manifiesta el mas visible testimonio en la pérdida de su brazo derecho, lo hacen acreedor al ascenso para que selepropone; siendo poco mayor el aumento del sueldo,que en tal caso ha de disfrutar,respecto a lo que goza actualmente, el que le está señalado como intendente de la provincia del Maule.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Abril 3 de 1835. —Joaquín Prieto . José Javier de Bustamante. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 462

El Presidente de la República, con arreglo a lo prevenido en la parte 9.ª, artículo 82 de la Constitución, recomienda al Senado al teniente coronel de artillería graduado de coronel don Domingo Frutos para la efectividad de su grado.

La antigüedad de este jefe en su actual clase, sus constantes servicios, sus conocimientos debidos a la mas asidua dedicación al desempeño de sus deberes, i los repetidos testimonios que tiene el Gobierno de su esclarecido amor al órden, le hacen digno del ascenso para que se le propone.

Si a las circunstancias referidas, han de añadirse, como es justo, las distintas comisiones de importancia a que lo llaman con frecuencia sus mismas aptitudes, sin otra recompensa que la que puede quedarle de la honrosa satisfacción de su desempeño, i que el ascenso para que se le propone en nada grava al Erario, respecto a que este jefe disfruta del sueldo de coronel efectivo, desde que se le encargaron las dobles funciones de Comandante Jeneral de Artillería, a mas de las que le correspondían como Ayudante jeneral de la Inspección i Comandancia Jeneral de Armas; el Presidente de la República se halla persuadido de que el Senado no trepidará en prestar su asentimiento a esta propuesta, como la mas justa retribución del verdadero mérito.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Abril 3 de 1835. —Joaquín Prieto. José Javier de Busta