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SESION DE 15 DE OCTUBRE DE 1834

Núm. 392

Mui Ilustre Municipalidad:

Antonio Robles, natural de Castilla la Vieja del Reino de España, ante la Ilustre Municipalidad, dice: que mediante el decreto del Congreso Nacional de 3 de Febrero del año anterior de 1829, corriente en el boletín número 5, libro 4.º, suplico a la Ilustre Corporacion tenga a bien certificar, a continuación de éste, ser constante i notorio lo declarado en la adjunta información, para con estos credenciales poder ocurrir a la capital por la carta de naturaleza, pues es mi intención avecindarme en esta ciudad donde me hallo ya radicado ya para ocho años.

Por tanto,

A US. pido i suplico se sirva mandar hacer como solicito en justicia, etc. —Antonio Robles.


Sala capitular de San Cárlos de Chiloé, a 4 de Setiembre de 1834. —Refréndase la información rendida por esta parte i entréguesele el espediente orijinal para que haga el uso que le convenga. —FERMÍN PÉREZ, Presidente. —José Tiburcio de Herrera, secretario suplente.


Núm. 393

Señor Juez de Derecho:

Antonio Robles, natural de Castilla la Vieja del Reino de España, vecino, comerciante de esta ciudad de San Cárlos, ante V. S. como mas haya lugar digo: que, deseando sacar mi carta de naturaleza, me es necesario formalizar un espediente en forma legal para ocurrir a Santiago de Chile al Senado, según se ordena en el boletín número 5; i para poder organizar este espediente es de necesidad presente una información de testigos para hacer constar que me hallo con las cualidades que previene la Constitución reformada de la República, cuyo tenor es como sigue:

Primeramente. Digan si es verdad que soi casado con chilena i tengo familia, i cuantos años.

Item. Digan si es verdad soi comerciante i tengo casa propia, terrenos en los suburbios de esta ciudad i con caudal con exceso al que se ordena en el Reglamento de Elecciones.

Por tanto,

A V. S. pido i suplico se sirva mandar hacer como solicito, etc. —Antonio Robles.


San Cárlos, 22 de Agosto de 1834.

Por presentada, admítese la información i se comete.— O'RYAN. —Ante mí, Gallardo.


En la ciudad de San Cárlos de Chiloé, a veintitrés de Agosto de mil ochocientos treinta i cuatro años, presentó don Antonio Robles, ante mí i testigos, a don Juan Cuadros, a quien yo, el presente escribano, le tomé el juramento de estilo conforme a derecho, mediante lo cual prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del interrogatorio presentado, dijo:

A la primera. —Que es notorio a todo este vecindario el contenido de la pregunta i que hace mas de siete años a que es casado i avecindado en ésta; i responde

A la segunda. Dijo: ser público i notorio todo su contenido, que es cuanto sabe i declarar puede en obsequio del juramento que tiene hecho, no le tocan las jenerales de la lei i es de edad de cuarenta i ocho años; i lo firmó conmigo el presente escribano; de que doi fé. —Juan Cuadros. —Federico Gallardo, escribano público.


En dicho dia, mes i año presentó la parte por testigo a don Antonio Seva, a quien yo, el presente escribano, le tomé el juramento de estilo conforme a derecho, mediante lo cual prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere interrogado, i siendo al tenor del interrogatorio presentado, dijo:

A la primera. —Ser efectivo su contenido, i que hace mas de siete años a que es casado i tiene una hija, i responde A la segunda. —Ser público i notorio su contenido. Es cuanto sabe i declarar puede bajo el juramento que tiene hecho, i no le tocan las jenerales de la lei i es de edad de cuarenta i seis años mas o ménos, i lo firmó conmigo; de que doi fé. —Antonio Seva. —Federico Gallardo, escribano público.


En dicho dia, mes i año, presentó la parte por testigo a don Agustin Chávez, a quien yo, el presente escribano, le tomé el juramento de estilo, mediante lo cual prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere interrogado, i siendo al tenor del interrogatorio presentado, dijo:

A la primera. —Ser público i notorio su contenido, i responde

A la segunda. —Del mismo modo no solo al que declara sino también a todo este vecindario. Es cuanto sabe i declarar puede mediante e juramento que tiene hecho, i no le tocan las jenerales de la lei i es de edad de veintinueve años, i lo firmó conmigo; de que doi fé. —Agustin Chávez. —Federico Gallardo, escribano público.


Núm. 394

El Senado ha acordado se ponga en noticia de V. E. que Silvestre Hesse, David Money,