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SESION DE 17 DE MARZO DE 1828
  1. (V. sesiones del 24 de Marzo i 18 de Abril de 1828.)
  2. Que la comision de comercio informe sobre la mocion del señor Muñoz. (V. C. de SS. en 23 de Setiembre de 1831.)
  3. Que la comision calificadora informe sobre las comunicaciones de los cabildos de Curicó i San Fernando relativas a la separacion del Intendente i eleccion de su reemplazante. (V. sesion del 18.)
  4. Discutir en la próxima sesion una indicacion para celebrar sesiones diarias i el reglamento interior. (V. sesiones del 13 i el 18.)

ACTA

Se abrió con los señores: Aráos, Albano, Arguelles, Barros, Bilbao, Campino, Calderon, Concha, Collao, Elizalde, Elizondo, Fernández, González don Juan Antonio, Infante, Larrain, Marin, Muñoz, Magallánes, Molina, Orihuela, Prado, Prieto, Palacios, Pradel, Réyes, Recabárren, Tagle, Vicuña, Urízar i Ureta.

Aprobada la acta de la sesion anterior, habiendo faltado los señores Novoa i Orjera i González por enfermedad.

Se procedió a la lectura de tres notas del Poder Ejecutivo cuyo contenido era, una sobre los sueldos de los Secretarios i demas oficiales, otra anunciando haber dado las órdenes correspondientes para que se pusiese a la disposicion de los Secretarios la cantidad de cuatrocientos pesos que sele habian pedido para gastos i menaje de la secretaría, i la otra dando parte que los documentos relativos a los sucesos de Colchagua habian sido remitidos a la Corte Suprema. Todos se mandaron archivar.

Se leyó en seguida una mocion del señor Pradel sobre que en adelante no se diese a estranjero alguno empleo efectivo mientras su nacion no reconociese nuestra Independencia i que se removiese a los que actualmente esten desempeñando algun cargo, a no ser que desde el año 10, hubiesen trabajado por nuestra emancipacion política: se mandó a la comision de Constitucion sin haber precedido debate alguno.

Se instruyó tambien la Sala de otra del señor Muñoz, sobre que se prohibiese a juicio de una junta que nombraría el Gobierno, toda introduccion de efectos que puedan producirse en el pais, siendo este producto suficiente al consumo a demanda: contiene tambien dicha mocion otros varios artículos sobre derechos, etc., i sin discusion alguna se mandó á la comision de comercio.

Se presentó el reglamento interior i no se tomó en consideracion, habiendo tocado a descanso, a fin que el Secretario pudiese instruirse i presentar en estracto el contenido de tres notas que habian recibido de San Fernando; así se hizo i en segunda hora espuso el Secretario que el cabildo de San Fernando se quejaba de que el Intendente de la provincia habia atropellado sus derechos i traspa ado sus facultades con haber depuesto al señor Lira en el ejercicio de sus funciones, por cuyo acto, reunida la Municipalidad i en cumplimiento de la lei de 11 de Octubre, habia procedido a la eleccion de Intendente, habiendo recaido este cargo en el señor Puga por 7 votos, concluyendo por pedir al Soberano Congreso que aprobase su determinacion.

Otra nota i acta del cabildo de Curicó estaba concebida en iguales términos. La Sala, oida esta esposicion, se contrajo a varios particulares i despues de algunas indicaciones, quedó acordado que pasasen todos los documentos a la comision calificadora, encargándole que para la sesion siguiente presentase su dictámen.

Se hizo indicacion sobre si debia o nó haber sesiones diarias, i se resolvió que para la próxima se trataria este punto i daria principio la discusion del reglamento interior.

Se levantó la sesion por ser la hora avanzada, debiendo reunirse al dia siguiente. —Doctor Diego Antonio Elizondo. —Bruno Larrain.


ANEXOS

Núm. 460

El Vice-Presidente de la República queda impuesto de la declaracion del Congreso Constituyente que le ha sido comunicada en nota de diez del actual sobre asignacion de sueldos a sus Secretarios i oficiales.

De esta disposicion se ha mandado tomar razon donde corresponde, i el Vice Presidente de la República al anunciarlo asi al Presidente del Congreso Constituyente tiene la honra de significarle su adhesion i aprecio —Santiago, Marzo 13 de 1828. —F. A. Pinto. —Ventura Blanco Encalada. —Al Presidente del Congreso Constituyente.


Núm. 461

El Vice-Presidente de la República, a consecuencia de la nota de esta fecha que ha recibido del Presidente del Congreso Constituyente, en que le pide mancle poner a disposicion de sus Secretarios la cantidad de cuatrocientos pesos para menaje de secretaría, etc., ha ordenado a la Tesorería jeneral disponga asi la espresada cantidad i que se tome razon donde corresponda de esta disposicion.

El Vice-Presidente de la República al comucarlo al Presidente del Congreso Constituyente