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CONGRESO CONSTITUYENTE
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 5.ª, EN 3 DE MARZO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO ELIZONDO
SESION 5.ª, EN 3 DE MARZO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO ELIZONDO
SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion anterior, previa una declaracion. -Cuenta. —Oficiales de secretaría i edecanes del Congreso. —Mocion relativa a la concesion de indultos. —Id. relativa al servicio de redaccion i al abono de las dietas. —Informe sobre la mocion relativa a un proyecto de Constitucion. —Fijacion de la tabla. —Acta. —Anexos
CUENTA
Se da cuenta:
- De un informe de la Comision de Constitucion sobre el proyecto de acuerdo del señor Fernández, relativo a que el Congreso se dedique despues de cierto tiempo esclusivamente a constituir la República; la Comision propone que se apruebe la mocion con ciertas modificaciones. (Anexo núm. 407. V. sesion del 29 de Febrero último.)
- De unas propuestas que los Secretarios hacen de las personas que deben servir como oficiales en la secretaría i como edecanes del Congreso. (Anexo núm. 408. V. sesion del 29 de Febrero de 1828.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- Declarar que el Presidente del Congreso fué autorizado en la sesion precedente para aprobar las propuestas de oficiales de la secretaría, i de edecanes. (V. C. de SS. en 6 de Agosto i C. de DD. en 1º de Setiembre de 1828.)
- Integrar con el señor González la comision militar.
- Aprobar las propuestas hechas por los Secretarios, de las personas que han de servir como oficiales de la secretaría. (Anexo número 409.)
- Aprobar igualmente las propuestas de las que han de servir de edecanes del Congreso. (Anexo núm. 410. V. sesion del 5.)
- Que el señor Orjera traiga por escrito la indicacion que hace para que se indulte a algunos presos. (V. sesiones del 4 de Abril de 1827 i 4 de Marzo de 1828.)
- Mandar se prevenga a los Tribunales de Justicia que pongan a primera hora toda causa en que algun Diputado tenga intervencion. (Anexo núm. 411. V. sesiones del 2 de Diciembre de 1824 i 2 de Mayo de 1828 i C. de DD. en 6 de Noviembre de 1828.)
- Que los secretarios traigan por escrito