▼infamia, dilatar por mas tiempo la formacion de la Constitucion de la República o la coleccion de las leyes fundamentales: los pueblos no solo se hallan preparados para recibirla sino en la mejor disposicion apetecible. Este es por otra parte el sagrado, importante i preferente encargo de la honrosa tramision que se nos ha dado i no hai duda que a él debemos consagrar nuestras asiduas tareas. Apoyado en estos fundamentos me atrevo a someter a la sabia deliberacion de la Sala el siguiente ▼proyecto:
Artículo 1.º La comision de Constitucion presentará dentro de cincuenta dias de la fecha el proyecto de Constitucion que crea mas adecuado i conveniente a nuestra actual situacion.
Art. 2.º Se le exonera, para que en dicho término pueda cumplir con la disposicion del anterior artículo, de la asistencia a las sesiones ordinarias usando de este privilejio discrecionalmente.
Art. 3.º Presentado que sea el proyecto al vencimiento del término fijado por el artículo o ántes si fuere posible, no se considerará ningun otro por importante que sea, ni bajo pretesto alguno. —Santiago, etc. —▼F. Fernández.