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SESION DE 3 DE JUNIO DE 1828

miento a los autores de él, cuya noticia ha tenido el declarante por voz que ha corrido vulgarmente. Que lo dicho es la verdad, so cargo del juramento fecho, en que se afirmó i ratificó, leida que le fué esta su declaración. Dijo ser de edad de treinta i siete años i la firmó conmigo i testigos, de que certifico. —Ramón Rosas. —José Pacífico González, testigo. —Juan Sarria, testigo. — Por ante mí i testigos. —Tadeo Gómez.

Incontinenti, la misma parte presentó por testigo para la informacion protestada, a don Pedro Nolasco Calderon, de esta vecindad, a quien yo, el juez, por ante testigos recibí juramento en forma bajo el cual ofreció decir verdad en lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo conforme al pedimento de f. i, dijo: que el dia siete de Abril último, en que sucedió el movimiento de esta ciudad, oyó decir el testigo vulgarmente que un sujeto de Santiago habia escrito a otro de ésta, diciendo que mandaban al coronel Latapia, quien haria temblar al frente del Escuadrón a todos; pero que el declarante no sabe quién fué el autor de la carta ni a quién fué dirijida; que a mas oyó también a un sastre decir en aquel dia que venia de Santiago, i que los señores Infante i Campino habían tornado las armas de dicha capital; que éste ha sido reconvenido posteriormente por semejante noticia que dió en circunstancias tan críticas, i que ha contestado diciendo que fué una bufonada aquella. Que esta es la verdad, so cargo del juramento fecho, en que se afirmó i ratificó, leida que le fué esta su declaracion.

Dijo ser de cuarenta años de edad i la firmó conmigo i testigos, de que certifico. —Pedro Nolasco Calderón. —José Pacífico González, testigo. —Juan Sarria, testigo. —Por ante mí i testigos. —Tadeo Gómez.

Inmediatamente la parte presentó por testigo al sarjento mayor don José Rosauro García, de quien yo, el juez, por ante testigos, a falta de escribano, recibí juramento en forma i conforme a derecho, bajo del cual ofreció decir verdad en lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del pedimento que lo motiva, dijo: Que el declarante, el dia de la revolución de esta ciudad, oyó decir cuanto anuncia dicho pedimento; pero como no fijó consideración en semejante noticia, porque no creyó nada, ignora de quién supo ni quién fué el autor de la carta misiva ni a quién fué dirijida. Que esta es la verdad, bajo el juramento que ha otorgado, en que se afirmó i ratificó, leida que le fué esta su declaración. Dijo ser de mas de treinta años de edad i la firmó conmigo i testigos, de que certifico. —J. Rosauro García. — J. Pacífico González,testigo. —Juan Sarria, testigo. —Por ante mi i testigos. —Tadeo Gómez.


Núm. 38

Dos motivos me autorizan para no estar el 2 del corriente en ese puerto, como me lo previene el Supremo Gobierno en comunicación recibida ayer. Uno, mi enfermedad, i otro, la licencia de un mes que me concedió el último señor Presidente de la Sala. Según observo, mi salud va adelantando bien i aunque no sane perfectamente, tengo dispuesto hacer un sacrificio i marchar a reunirme al congreso, aun ántes de que se cumpla el término de la licencia.

Tenga US. la bondad de hacerlo presente a la Sala i de aceptar las protestas de mi distinguido aprecio. — Santiago, Junio 1.º de 1828. M. Novoa. —Señor Diputado-Secretario del Congreso.


Núm. 39

Motivos imprevistos me impiden verificar mi viaje al lugar de las sesiones del Congreso i no lo podré verificar hasta el dia 8 del viniente Junio. Lo que pongo en noticia del señor Presidente para que se sirva concederme la correspondiente licencia, ofreciéndole mi mas distinguida consideración i aprecio. —Santiago i Mayo 25 de 1828. Rafael Bilbao. —Al señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 40

Las Comisiones de Policía Interior i de Justicia han considerado detenidamente la nota del señor Errázuriz, fecha 9 de Mayo, i visto el lenguaje poco decente de que usa, i el acuerdo del Congreso de primero de Mayo, no han podido ménos, en cumplimiento de la lei i por decoro de la Representación Nacional, que presentarle a su consideración el siguiente proyecto de decreto:

Art 1.º Requiérase por tercera vez a don Ramón Errázuriz se incorpore a la Representación Nacional dentro del preciso término de seis dias; en la intelijencia que de no hacerlo, cualquiera que sea la causa que esponga, no siendo la de la citada lei, se le declarará suspenso del derecho de ciudadanía.

Art 2.º Se reserva el conocimiento de la nota que ha motivado esta resolución.

Art 3.º Ofíciese al Ejecutivo al efecto. —Sala de sesiones, Junio 3 de 1828. Francisco R. de Vicuña. José Gaspar Marín. M. de Santiago Concha. P. J. Prado Montaner. Larraín. Miguel Collao. Pedro F. Lira. Francisco Fernández.