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SESION DE 27 DE ENERO DE 1829

Lejislatura sobre el caso presente. La lei manda que se enajenen los bienes de regulares i cuando por una parte no es conveniente a los intereses Fiscales presentar en puja a un mismo tiempo a muchos fundos la justicia dicta se respeten los pactos i obligaciones recíprocas, de lo contrario no hai crédito i sin éste nada tenemos.

Valles parece, aunque renuncia a todo ese derecho i se.contenta con que se le respete su contrato hasta el año venidero, solicitando a mas el que el agrimensor que se nombre sea intelijente i también de su confianza. En lo primero gana el Fisco, cuando también la época de entregar es ya pasada i cuando aun ya no es tiempo de rodeo, saca de ganados i trasporte de ellos a otro fundo. Tres dias que se pasen de aquél en que debia de haberse entregado el fundo rústico que se hallaba en arriendo, son bastantes para que se prolongue a un año mas, según la lei, i ésta es mi duda en el actual caso. Sobre todo si pasa un año de espera se evita la subsanacion de perjuicios; la prudencia aconseja adoptar el primer partido.

Que el agrimensor haya de ser intelijente es de necesidad i lo pide el que opina; exije a mas que él sea recibido legalmente al uso i ejercicio de la facultad i que también sea nombrado por el señor intendente de la provincia de Colchagua, como lo requiere la lei, declarándose desde ahora nulo i sin efecto cualesquiera otro nombramiento. Que el perito sea también de la confianza del suplicante no es conforme i si para algo necesita que sea así, ya llegará tiempo en que le sea lícito pedir que uno de su satisfaccion evacúe la dilijencia que le interesa.— Santiago, Noviembre 15 de 1828 —Montt. —Santiago, 23 de Enero de 1829. —Remítase a la Cámara de Senadores con el oficio acordado. —Hai una rubrica. — Ruiz Tagle.


Núm. 653

El Vice-Presidente de la República tiene la honra de elevar al conocimiento del Congreso Jeneral la adjunta representación i proyecto de don José Joaquín Larrain, pidiendo la posesion de las islas de Juan Fernández.

Ella se apoya en fundamentos mui graves i de ínteres nacional. La ocupacion de estas islas es indudable que desvia de sí la ambición de cualquiera potencia estranjera, evitando este justo título de adquisición que pudiéra provocarla. El aumento de la poblacion abriendo allí un manantial a la industria, son otros tantos medios de riqueza i de poder que no puede ménos que llamar la atención del Congreso a considerar este asunto como de la mayor importancia. Un establecimiento para presidarios se echa ménos en el estado actual i es de suma necesidad para ayudar las reformas i mejoras de la policía. Las cárceles están llenas de delincuentes, haciéndose mas desventurada la suerte de estos infelices porque los jueces no encuentran como conciliar la corrección con provecho de los reos i economía de los fondos públicos. El empresario llena también este objeto, ofreciendo un punto para su seguridad i al mismo tiempo los adelantos de las islas.

Todo lo espuesto ha persuadido al Vice-Presidente de la República de la conveniencia de sus propuesias; pero considerando que muchos de sus artículos no están en las atribuciones del Poder Ejecutivo, tiene la honra de someter su resolucion al Congreso Jeneral, reiterándole las protestas de su adhesión i respeto. —Santiago, Enero 22 de 1829. —F. A. Pinto. — Francisco Ruiz Tagle. —Al Congreso Jeneral.


Núm. 654

El Vice-Presidente de la República ha recibido la honorable comunicación del señor Presidente de la Cámara de Senadores, fecha de ayer, que contiene la autorización hecha al Gobierno para que invierta las sumas necesarias en la compra o construcción de edificios para la casa de Gobierno i demás oficinas de Valparaíso.

De cuya disposición se ha ordenado su cumplimiento i rejistro en las oficinas que corresponde: i el Vice-Presidente de la República, al comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Senadores, tiene la honra de saludarlo con las seguridades de su mayor aprecio. —Santiago, Enero 23 de 1829. —F. A. Pinto. Francisco Ruiz Tagle. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 655

Ayer, a las dos de la tarde, supe que un edecán me buscó, i que mis sirvientes contestaron no estar yo en casa, cuando no habia salido de ella. El equívoco de mi servidumbre procedió de que estaba encerrado en mi habitación ordinaria, i sin luz, para evitar la incomodidad de las moscas, que al sebo de ungüentos con que medicino, la erupción cutánea a la cara, me atacaban a la brusca; pero aun dada mi ausencia, no debería ella dar argumento de sanidad a la minoría del Senado: ¿cuántas veces el ejercicio, la humedad del campo, o la agradable sociedad del amigo es una medicina, o un paliativo a las dolencias?

Si, a pesar de mis anteriores esposiciones oficiales, npor otras razones la minoría me considera en estado de asistir," como V. S. dice en su nota de ayer, i por lo mismo se cree autorizada para desmentirme i acriminarme; yo debo ser mui reconocido a V. S. i a ella por el honor con