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SESION DE 22 DE DICIEMBRE DE 1828

Núm. 567

La Comision Eclesiástica i de Gobierno, a quien la Cámara de Diputados pidió informe para considerar la resolución senatoria, comunicada en 19 del corriente, sobre provision de canonjías, ha pedido los antecedentes que obren en el particular. Sírvase el señor Presidente del Senado ordenar que sean remitidos, i admitir las respetuosas consideraciones del que suscribe. —Cámara de Diputados, Diciembre 20 de 1828. RAFAEL BILBAO . —Diego Arriaran, Pro-Secretario.— Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 568

La Cámara de Diputados ha sancionado sin alteración alguna el acuerdo de la de Senadores sobre que se esceptúen de la lei que previene la enajenación de bienes de regulares los que pertenezcan a los relijiosos dominicos de estricta observancia.

El que suscribe tiene la honra de comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Senadores por contestación a su honorable nota del 12 del corriente, i se complace de reiterarle en esta oportunidad sus sentimientos de consideración i aprecio. —Cámara de Diputados, Diciembre 16 de 1828. — RAFAEL BILBAO . Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 569

La Cámara de Diputados ha sancionado el proyecto de lei sobre premio militar en la forma siguiente:

"Artículo primero. Los oficiales que se escluyeren del servicio activo en virtud de la reforma, obtendrán, de una vez, en fondos públicos del 6 por ciento, el valor total del sueldo de su empleo multiplicado por los dos tercios de los años que hayan servido, contándose éstos desde el 18 de Setiembre de 1810.

Art. 2º. La época desde la acción de Raneagua hasta la gloriosa batalla de Chacabuco, no se considerará como tiempo interrumpido en la continuación del de sus servicios.

Art. 3º. Tendrán también opcion a la reforma los inválidos i retirados con sueldo.

Art. 4º. Se nombrará por el Gobierno una junta que califique el tiempo de servicio de los militares que se reformen, i con las justificaciones producidas ante el^a, despues de pasadas al Gobierno, dispondrá este se les espida el correspondiente libramiento.

Art. 5º. Lo dispuesto anteriormente para la reforma de los oficíales del ejército de tierra, se observará igualmente en los de la marina nacional.

Artículo adicional. NO son comprendidos en la reforma los que durante la guerra de la independencia hubiesen estado en servicio de la Nación, i en cualquier tiempo o por cualquiera causa hayan servido a los enemigos, aunque despues hayan adjurado sus banderas i se hallen en el ejército de la República."

El Presidente de la Cámara, al comunicarlo al de la de Senadores, se complace de reiterarle sus sentimientos de alta consideración i aprecio. —Cámara de Diputados, Diciembre 19 de 1828. RAFAEL BILBAO . Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 570

Habiendo sancionado esta Cámara de Senadores las leyes que se le han presentado a su discusion para el planteamiento de la Constitucion, ha tenido a bien deferir al conocimiento de algunos particulares. En su virtud, i estando pendiente una mocion presentada por el que suscribe i seis diputados mas, que componen la provincia de Aconcagua, incluso el de Valparaíso, desde el mes de Agosto del presente año, sobre la apertura de un camino carril desde Valparaíso a la Aconcagua, debe este Augusto Cuerpo conocer de ella i sancionarla con preferencia a cualesquier otro asunto que se presente; por su antigüedad, por su importancia en favor del Fisco i sumo bien a una tercera parte de la poblacion de esta República. Al efecto cree de rigurosa justicia el que suscribe debe resolverse lo siguiente:

"Tráigase a la discusión para su sanción i con preferencia a todo otro asunto la mocion que se indica." —Santiago, Diciembre 20de 1828. Manuel Gormaz.


Núm. 571

Señor Presidente:

En virtud de la licencia que me fué concedida por un mes, emprendí la curación que motivó esa solicitud. Concluido el término no me hallo restablecido i me es necesaria la prórroga de un mes mas; suplico al señor Presidente se sirva manifestarlo a la Sala para que se digne otorgarme este permiso, sin el cual nada habria avanzado con el anterior, quedando en el mismo pié los objetos que me propuse al solicitarlo.

Ofrezco al señor Presidente de la Cámara de Senadores los respetos de su A. S. Q. B. S. M. —Valparaíso, 16 de Diciembre de 1828. Elías A. Guerrero. —Señor Presidente del Senado.


Núm. 572

La Cámara de Senadores ha tomado en consideración la nota que S. E . el Vice-Presidente