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SESION DE 2 DE JUNIO 1828

el juego de sus funciones. Por no privar a un hombre virtuoso del sueldo que se le dió indebidamente ¿será lícito que continúen robando los subalternos que él no sabe comprimir? ¿Que se atrasen las cuentas que él no sabe ajustar? ¿Que sobrevengan los males que él no supo preveer? Ademas que la justicia consiste tanto en dar a cada uno lo suyo, como en no darle lo que no le pertenece, i lo que exije talento, jénio, actividad, conocimientos positivos, no puede pertenecer a la honradez desnuda por muí acrisolada que sea.

Ineptitud, omision —Hé aquí los casos en que la destitución de un empleado público requiere el acuerdo del Senado o de la Comision Permanente. Pero ¿qué es ineptitud? ¿Es acaso la absoluta imposibilidad de desempeñar un cargo por falta de aptitud, o una aptitud inferior a la que requiere el mejor desempeño de aquel cargo? Claro es que no basta estar exento de la primera, porque si así fuera, todo hombre que no fuera tonto de remate, seria capaz de las mas altas funciones. ¿I qué reglas seguras hai para juzgar de la otra? Cada cual definirá la ineptitud a su manera. Se elevará una discusión entre el gobierno i el Senado. El gobierno dirá: fulano es inepto, porque el ramo que está a su cargo yace en el mayor desórden. El Senado responderá: no hai tal ineptitud, porque fulano sabe leer, escribir i contar i sobre todo es hombre de bien. I el hombre de bien permanecerá en su puesto i seguirá el desórden.

La omision es todavía una voz mas vaga i mas indefinible. El que se contenía con no omitir nada délo que se le manda hacer puede muí bien ser un hombre culpablemente omiso. El texto escrito es la salvaguardia de la impotencia i de la inutilidad: para gobernar bien se requiere algo mas que la estricta sumisión al deber. ¡Cuántos empleos hai en el Estado que requieren un celo infatigable, una previsión sagaz, una actividad a toda prueba! ¡I a cuántas omisiones no dará lugar la falta de aquellas dotes! Supongamos un Intendente honrado i escrupuloso en el cumplimiento de su deber, el cual, según la Constitución se limita a ejecutar ésta, las leyes, las órdenes del gobiérno i las resoluciones de la asamblea i a nombrar a ciertos empleados. Todo esto se hace perfectamente. Pero estalla una insurrección en su provincia; túrbase el órden público, síguense inmensos males. ¿Qué ha omitido el Intendente? Nada de lo mandado. Pudiera, es verdad, haber evitado la esplosion; pudiera haber aplacado los ánimos. ¿Hai omision en este caso? ¿Qué lei la califica?

Én hora buena que se equilibren los poderes; pero evítese su conflicto, porque una cosa es equilibrar i otra es combatir, i el combate de los poderes será siempre funesto al Estado. El gobierno que reciba la desaprobación del Senado sobre la deposición propuesta de un funcionario, perdió de golpe su respetabilidad. Ningún otro querrá obedecerlo; le será imposible darse importancia a sus ojos: será una sombra de poder i no un poder real i positivo. Desde el momento en que el jefe de un gobierno reciba semejante desaire, o debe retirarse de la vida pública o condenarse a una inacción que se justifica por la impotencia a que lo han reducido.

El Senado i la Comision a cuya decisión se somete la queja del gobierno contra la ineptitud u omision de un empleado, no debe ni puede fallar sin pruebas. Es mui factible que el gobierno se halle en la imposibilidad de suministrarlas o que las suministradas por él no parezcan suficientes a los Senadores. Se sabe del modo mas indudable que la ineptitud o la omision existen; se están viendo sus efectos: pero no hai modo legal de justificarlo. He aquí, pues, seguro de todo ataque i preservado en su puesto un mal servidor del Estado; hé aquí sancionado por la lei un jérmen fecundo de males i de disturbios.

Si queremos convencernos todavia mas de la gravedad de estos inconvenientes, examinemos los deberes que la Constitución señala al Poder Ejecutivo. Entre ellos se lee: "presentar cada año al Congreso el presupuesto de los gastos necesarios i dar cuenta instruida de la inversión del presupuesto anterior."

Supongamos por un instante que las oficinas a quienes toca este delicado trabajo, se hallan en una espantosa confusion: que en ellas se hace poco, o no se hace nada; que los espedientes se amontonaron en sus estantes, cubiertos de polvo i telarañas; que no hai apuntes de gastos i de ingresos; supongamos aun mas: que los numerosos empleados de este ramo ignoran absolutamente su obiigacion; que les son desconocidos hasta los nombres de partida doble i sencilla. Todo esto puede suceder —dichosamente no sucede en el dia— pero esto no prueba que no ha de suceder mañana. Ahora bien: si el mal es tan arraigado, que es absolutamente imposible curarlo de otro modo que con un completo esterminio; si no basta reformar un oficinista, sino que es indispensable despedirlos todos ¿cuál es el gobierno que osará presentarse al Senado contra una masa de hombres, entre los cuales habrá muchos enlazados con Senadores por amistad o parentesco, patrocinados por familias influyentes o escudados con la antigüedad de sus servicios o la honradez de su conducta? ¿I qué resultará al cabo del temor que infunda al gobierno una lucha tan desigual? Que no se harán los presupuestos; o se harán pro fórmula, i sin datos seguros, i que la hacienda pública llegará a ser un caos de desarreglo e incertidumbre. No nos es dado penetrar la importancia de los inconvenientes que la Comision ha querido evitar por medio de este artículo. Ella misma ha dicho que entre nosotros "todas las garantías están en favor de las masas i que estamos acostumbrados desde la emancipación a ver desapa