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CONGRESO CONSTITUYENTE

que se vendian por el honor de comer con los Ministros, o por otras gracias que no recaían inmediatamente en sus personas. ¿Qué ha de hacer un Presidente de Chile con un oficinista que le niega su voto, i a quien, según el artículo 82, no puede destituir sin acuerdo del Senado o sin la sentencia de un tribunal? El mismo artículo le concede la provision de empleos civiles, mililitares i eclesiásticos, con pocas excepciones. ¿Quién le estorba recompensar con ellos a los que se le hayan vendido?

En cuanto a los militares, si solo los retirados han de poder representar a su nación, quedan ipso fado escluidos los jefes jenerales, que en actividad de servicios no pertenecen a ningún cuerpo ni tienen un mando efectivo. Esto es echar el anatema sobre una clase respetable, pundonorosa, i en la que por la elevación del puesto i los grandes servicios que supone, debe ser espinosa i árdua la seducción.

Ambas esclusiones tienen en contra la escasez de hombres instruidos i versados en negocios, a que reducen nuestras circunstancias peculiares. En un pais como el nuestro, el que no vive de su sueldo se halla en esferas remotas de la política, en las tinieblas del foro, en el aislamiento o el campo, o en las ruinas del comercio. Bueno es que haya en el seno de la Representación Nacional hombres iniciados en los pormenores del servicio público: a lo ménos podrán suministrar hechos i datos locales, que no están al alcance de los que fundan su subsistencia en los capitales i en los trabajos productivos. Ademas que el hecho mismo de la elección prueba confianza, i cuando una nación, reducida como la chilena i en que todos se conocen, deposita sus poderes en un empleado motivos tendrá, sin duda, en sus principios i en su vida anterior, para creerlo puro e inatacable.

  1. Los individuos del clero regular.
  2. Los del secular que gozaren beneficio o rentas por algún oficio"

Si hubiéramos de votar estos artículos según nuestra conciencia, comprenderíamos a los individuos mencionados en el tercero, bajo la misma absoluta esclusion del segundo. El servicio de la iglesia es, a nuestro modo de ver, enteramente incompatible con los negocios profanos, especialmente con aquellos que pueden excitar pasiones i provocar hostilidades tan contrarias al espíritu del evanjelio. Por lo común los eclesiásticos han tomado gran parte en todas las borrascas que han estallado en los cuerpos representativos. La elevación de su Ministerio les comunica una inflexibilidad de opinion funesta al buen éxito de las cuestiones delicadas, miéntras la naturaleza de sus estudios los acostumbra a una sutileza argumentativa, a una lójica silojística, contraria a la claridad i a la templanza de los debates. Si Mauri no hubiera sido clérigo jamas hubiera empleado las recriminaciones violentas, las diatrivas i los apostrofes con que encendió tantas veces la discordia i provocó la exasperación de la asamblea de Francia.

Sabemos que hai dos jéneros de escepciones a esta regla, i que miéntras la España se honra con los nombres de un Muñoz Torrero, de un Marina i de un Villanueva, la Francia cuenta a Taillerand en el número de sus mas intrépidos reformadores. Pero estas anomalías, frecuentes en épocas de ajitacion, no militarán jamas con las condiciones forzosas de los estados que los hombres abrazan, con las simpatías que en ellos adquieren, i con los deberes que ellos les imponen. Un Diputado se halla muchas veces en el caso de discutir negocios, que, por desgracia del jénero humano, no admiten el espíritu de caridad i de conciliación, base del cristianismo, i que sus Ministros deben propagar i sostener a toda costa.

La ciencia lejislativa abraza en el dia todos los conocimientos humanos i ciertamente de nada servirían los progresos de éstos, si no tuvieran una inmediata aplicación al arte de hacer felices a los hombres. Añadase a este estudio indispensable, tanto mas penoso cuanto que no siendo posible la omnisciencia, es preciso hacerlo a medida que se presentan las cuestiones difíciles, el de los negocios particulares que acuden continuamente a la primera autoridad nacional, i dígase francamente si en medio de ese trabajo de ocupaciones puede conservar un sacerdote la abnegación, el recojimiento que su Ministerio demanda; si puede, siquiera, tener tiempo para rezar las horas canónicas. Figurémonos un clérigo perfecto, un San Jerónimo, un Bossuet, discutiendo una cuestión de aduana, o juzgando a un infractor de Constitución con el si peccaverit frater tuus, etc. de la Escritura.

Hai por otra parte ciertos puntos de política mundana en que es imposible evitar una frotación escabrosa con los intereses i los afectos naturales i justos del clero. El sistema de hacienda toca de cerca a los diezmos; el patronato envuelve etiquetas con la corte de Roma. ¿Por qué no se ha de evitar toda ocasion de alarmar la conciencia de los hombres, i de colocarlos entre dos obligaciones incompatibles?

Pero ya que se admiten clérigos en las cámaras i ya que se dan coartaciones a esta facultad, a lo ménos sean tales que eviten los peligros mas graves i mas posibles. O nos engañan nuestras conjeturas, o la Comision ha querido cerrar las puertas a los curas párrocos, no porque esta clase preciosa i respetable ofrezca ménos garantías que las otras, sino por el fundado i filantrópico temor de ver privados a los feligreses de sus pastores, especialmente en los pueblos pequeños donde no abundan los ministros del altar. Mas este motivo tan honroso para la Comision haberse espuesto en el informe, i reducir la esclusion en el artículo, solamente a los curas, en lo que nada aparecía de irregular ni de ofensivo a aquella porcion escojida del estado eclesiástico.