Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVI (1828).djvu/410

Esta página ha sido validada
404
CÁMARA DE SENADORES
  1. para que se haga efectiva la responsabilidad de la Inspeccion;
  2. terminar el exámen de las cuentas precisamente a los seis meses despues de remitidas por la Inspeccion, en cuyo término cesa la responsabilidad de esta oficina.

Art. 4º. El Gobierno queda autorizado para dotar a los empleados de la Mesa de residencia con los sueldos que crea correspondientes a sus trabajos, con tal que no excedan a los de los subalternos de la Inspección Jeneral." —Santiago, 31 de Octubre de 1828.

Sobre el artículo 1.º téngase presente para el informe, que es un equívoco decir que el Tribunal de Cuentas fué creado por decreto de 8 de Junio de 1820. Cuando según la toma de razón que aparece en sus libros, fué establecido desde que el rei de España le separó del virreinato del Perú, cincuenta y tantos años ha.