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CÁMARA DE SENADORES
  1. la mocion del señor Fernández. (V. sesión del 15.)
  2. Que se imprima el proyecto de lei de imprenta a fin de discutirlo en seguida. (V. sesión del 20.)
  3. Reintegrar la Comision de Hacienda con el señor Fernández.
  4. Despues de alguna discusión, devolver a la Comision especial, nombrada en la sesión anterior, el proyecto que regla la redacción de las sesiones del Senado a fin de que ella lo redacte en nueva forma. (V. sesión del 17.)

ACTA

Se abrió con los señores Albano, Calderon, Fernández, González, Gormaz, Guerrero, Lira, Prado, Prieto, Recabárren, Sánchez i Vial.

Faltaron con licencia los señores Marin, Novoa i Vicuña.

Se aprobó el acta de la sesión anterior. Se dió cuenta de dos notas de la Cámara de Diputados, la primera sobre indultar al reo Cárlos Campos, que se mandó a la Comision de Gobierno; i la otra sobre la publicación de las sesiones tenidas en Valparaíso sobre la Constitución, que fué a la de Policía.

Se leyó una mocion del señor Fernández sobre autorizar al Gobierno para que ahorre cuantos gastos se puedan en la recaudación de las rentas. Se mandó a la Comision de Hacienda. Luego el proyecto que la Comision de Lejislacion tiene presentado sobre imprentas. Se acordó se imprimiese para discutirlo.

Se pidió por el señor Gormaz que se agregase a la Comision de Hacienda, el señor Fernández, pues que no tenia sino dos miembros. Se acordó así. Se puso en discusión el proyecto sobre bases para redactar el diario de sesiones. Se resolvió volviese a la misma Comision para que con presencia de las objeciones hechas, redactase un nuevo proyecto.

Se levantó la sesión por ser la hora avanzada. —CASIMIRO ALBANO. —Francisco Fernández.


ANEXOS

Núm. 427

La Cámara de Diputados, que recuerda con entusiasmo los dias de júbilo en que fué sancionada nuestra Constitución, no ha podido mos trarse insensible a las tristes súplicas que desde entónces se dejaron oir en el Congreso por la salvación de un desdichado, que habia incurrido en la mas terrible pena que las leyes imponen. Fundada en esta circunstancia feliz, la Cámara ha querido alejar de sí en este caso toda consideración de justicia, i escuchando tan solo sus sentimientos de clemencia, ha prestado su aprobación al siguiente indulto:

"Artículo único. Indúltase de la pena de muerte al reo criminal Cárlos Campos."

El que suscribe tiene la honra de comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Senadores, incluyéndole los antecedentes de este negocio, i saludándole con las consideraciones de su mayor aprecio.— Cámara de Diputados, Santiago, 10 de Octubre de 1828. — M. DE SANTIAGO CONCHA. Ignacio Molina, diputado secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 428

La Cámara de Diputados ha tomado en consideración la honorable nota de 19 del pasado Setiembre en que el señor Presidente de la de Senadores comunica la resolución acordada por su Sala, para que sean retenidos los sueldos del redactor i taquígrafo hasta tanto no publiquen la redacción de todas las sesiones del Congreso Constituyente; convencida la Cámara de la justicia i necesidad de semejante determinación, no ha trepidado en conformarse con ella, i solo ha juzgado conveniente el darle alguna estension con el único objeto de hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios que la motivaron. En esta atención ha acordado el siguiente decreto:

"Artículo primero. El taquígrafo i redactor publicarán en cada semana dos sesiones.

Art. 2.º En caso de faltar a la obligación que les impone el artículo anterior, se les suspende el sueldo del mes respectivo.

Art. 3.º La Comision de Inspección de diarios queda encargada del cumplimiento de esta resolución."

El que suscribe, al ¡comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Senadores, tiene la honra de reiterarle sus protestas de adhesión i respeto. —Cámara de Diputados, Santiago, 11 de Octubre de 1828.— M. DE SANTIAGO DE CONCHA. — Ignacio Molina, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 429

Considerando:

Que sin la mejora de la Hacienda Pública no puede ponerse en ejecución la Constitución; Que el estado decadente de aquella, demanda prontos i eficaces remedios; Que el ahorro de gastos en la recaudación de