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SESION DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 10.ª, EN 22 DE SETIEMBRE DE 1828
PRESIDENCIA DE DON JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Vijencia del acuerdo del Congreso Constituyente sobre penas a los inasistentes. —Propuesta de indulto al capitan Briceño. —Observancia del inciso 8.º del artículo 85 de la Constitución. —Voto aclaratorio del señor Presidente. —Acta. —Anexo.


CUENTA

Se da cuenta:

De un oficio en que S. E . el Vice-Presidente de la República pide, a solicitud de la Municipalidad de Santiago, que se indulte de la pena de muerte al capitan don Casimiro Briceño (Anexo núm. 392. V. sesión del 12.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Declarar vijente aquel acuerdo del Congreso Constituyente que establece ciertas penas contra los diputados inasistentes. (V. sesiones del 19 i el 24.)
  2. Pedir informe a la Comision de Gobierno sobre el indulto del capitan Briceño. (V. sesión del 24.)
  3. Que se cumpla a la letra el inciso 8.º del artículo 85 de la Constitución (V. sesión del 19.)

ACTA

Se abrió con los señores Albano, Calderón, Fernández, Gormaz, Guerrero, González, Lira, Novoa, Prado, Prieto, Sánchez, Vial i Vicuña.

Se leyó i aprobó el acta de la sesión anterior.

El señor Presidente hizo presente a la Sala la inasistencia de algunos señores sin darle el correspondiente aviso, que previene el reglamento; consultando al mismo tiempo si continuarían aplicándose las penas acordadas por el Congreso a los inasistentes; i despues de haberse discutido esta indicación, se fijó la proposicion siguiente: "¿Obligan a los senadores las leyes penales dictadas por el Congreso para la inasistencia de sus miembros o nó?" Fué aprobada por ocho sufrajios contra cuatro. El señor José Manuel Novoa pidió se reinsertase en el acta que el suyo era por la firmativa, pero que estas leyes debían revocarse: el señor Fernandez se pronunció por la negativa i ofreció su voto por escrito.

Despues de esto, se dió cuenta de una nota del Poder Ejecutivo interesándose porque se indulte de la pena de muerte al capitan don Casimiro Briceño; se mandó a la Comision de Gobierno.

Continuó en seguida la discusión pendiente sobre la esplicacion que pide el Gobierno de la parte 8.ª del artículo 85 de la Constitución; acor