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CONGRESO CONSTITUYENTE
  1. Sobre la solicitud del padre Mujica, que la Comision Calificadora informe. (V. sesión del 3 de agosto de 1828.)
  2. Que la Comision de Justicia informe sobre la mocion relativa al indulto del reo Cárlos Campos. (V. C. de DD. en 2y de Setiembre de 1828.)
  3. Que la Comision de Gobierno i Policía dictamine sobre la propuesta supresión de las comunidades relijiosas.
  4. Que la Comision de Hacienda dictamine sobre la propuesta devolución de los bienes confiscados a los regulares. (V. sesiones de la C.de SS. en 8 de Octubre i 9 de Diciembre i de la C. de DD. en 29 de Octubre de 1828.)
  5. Integrar con el señor Villar la Comision Calificadora.
  6. Aprobar en la forma que en el acta consta el artículo 128 del proyecto de Constitución. (V. sesiones del jo de Julio i el 1.º de Agosto de 1828.)

ACTA

Se abrió con los señores Albano, Argüelles, Argomedo, Araos, Bilbao, Calderón, Campino, Castillo, Concha, Collao, Cortés, Elizalde, Echeverría, Fernández, Gormaz, Guerrero, Lira, Larrain, Muñoz, Molina, Marin don Ventura, Novoa don Manuel, Novoa don José María, Orihuela, Orjera, Palacios, Prado, Prieto, Reyes, Recabárren, Ramos, Sotomayor, Valdes, Vicuña i Ureta.

Faltaron con licencia los señores Vial, Urízar, Sánchez, Navarro, Marin don Gaspar i Gana; sin ella los señores Barros i González. El señor Sánchez llegó poco despues de la lectura del acta.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se incorporó el señor Villar, despues de haber prestado el juramento de estilo. Se leyó en seguida una indicación del señor Orjera i como era relativa a Constitución, se mandó a la Comision de este nombre.

Se leyó a continuación una representación del Padre Mujica, pidiendo al Congreso que tomase en consideración con preferencia la solicitud que tenia elevada sobre que se le devolviese la hacienda de Peldegüe: se mandó a la Comision Calificadora.

Se instruyó en seguida la Sala de una mocion del señor Lira, por la que reitera la indicación que tenia hecha relativa a que se indultase al criminal Cárlos Campos; se mandó a la Comision de Justicia.

Se dió cuenta de una mocion del señor Bezanilla para que se estinguiesen para siempre las comunidades regulares i los individuos que a ella pertenecen se secularizasen a la mayor brevedad: se remitió a la Comision de Gobierno i Policía.

Se leyó otra del señor Ramos, por la que pedia se devolviesen a todas las comunidades relijiosas todos los bienes que tenian i administraban ántes de los decretos i leyes dictadas para su reforma, en virtud de haberse establecido entre ellos la vida común, de que se habian separado infrinjiendo sus mas sagrados estatutos: se mandó a la Comision de Hacienda.

Se contrajo la Sala a la órden del dia i leído el artículo 128 no se alcanzó a resolver en primera hora, apesar de un largo debate. En segunda, se acordó que el señor Villar se agregase a la Comision Calificadora, i continuando la discusión, vino al fin a aprobarse en los términos siguientes, habiendo salvado su voto los señores Argomedo i Ureta en la votacion que precedió a la segunda parte del mismo artículo, en razón de que querían se sostituyese la voz de preferentemente a la de exclusivamente que contiene:

Art. 128. Inmediatamente despues de firmada esta Constitución, el actual Congreso Constituyente se dividirá en dos Cámaras, debiendo nombrarse los senadores a pluralidad de votos. En este estado se ocupará esclusivamente en formar la lei de elecciones i demás necesarias para poner en ejecución esta Constitución, debiendo separarse ántes del 1.º de Febrero de 1829.

Siendo la hora avanzada, se levantó la sesión, debiendo en la próxima discutirse las indicaciones pendientes. —M. Novoa. —Bruno Larrain.

ANEXOS

Núm. 293

Despues que se halla ajustada la benignidad de vuestra soberanía por la conmiseración que mostró en una sesión en que se ocupó Iberamente de las desgracias de un desventurado ciudadano. Despues que una protesta tácita i cuasi uniforme de los representantes hizo rever la esperanza de vida a un infeliz que es sentenciado a perderla, i despues de haberse instruido la Sala de los fundamentos en que apoyé mi súplica de que se decretara un indulto en favor del criminal Cárlos Campos por el cual solo se le prohibiera de ultimarlo; el diputado que suscribe no tiene otro objeto por tanto que recomendar a V. S . su encarecimiento por esta gracia, reiterándole a nombre de la humanidad sus clamores i los de una numerosa e infortunada familia que, con la vida de su padre, pierde el único amparo