Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVI (1828).djvu/209

Esta página ha sido validada
 

Urízar. El señor Reyes llegó despues de la lectura del acta, con licencia.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se dió cuenta del dictámen de la Comision de Constitución en las indicaciones de los señores Elizalde i Orjera: se acordó que se consideraría en la sesión estraordinaria del Juéves.

Contraída la sala a la órden del dia, se leyó la parte 8.ª , que quedó pendiente en la anterior sesión i se aprobó en los términos siguientes. — "8.º Espedir órdenes sin rubricarlas, i sin la firma del Ministro respectivo; faltando este requisito ningún individuo será obligado a obedecerle."

En 2.ª hora se dió cuenta de una nota del poder Ejecutivo contestando a la que se le dirijió con fecha 12 del presente; se mandó archivar i se acordó al mismo tiempo que se imprimiesen ámbas.

Se sancionaron en seguida los artículos 85, 86, 87 i 88, en los términos siguientes:

de los ministros-secretarios de estado

Art. 85. Habrá tres Ministros-Secretarios de Estado para el despacho. Cada uno de ellos será responsable de los decretos que firme, i todos de los que firmaren en común.

Art. 86. Para ser Ministro se requiere ser ciudadano por nacimiento i tener treinta años de edad.

Art. Luego que las Cámaras abran sus sesiones anuales darán cuenta los Ministros en particular a cada una de ellas del estado de sus ramos respectivos,

Art. 88. Concluido su ministerio no podrán salir del territorio de la República hasta pasados seis meses, durante los cuales estará abierto su juicio de residencia. (Capítulo 8.º de la Comision permanente.)

El artículo 89 no se alcanzó a resolver por ser la hora avanzada, quedando en discusión para la siguiente sesión. —M. Novoa. —Bruno Larrain.


ANEXOS

Núm. 212

El Vice-Presidente de la República, en cumplimiento de la resolución del Congreso Nacional de 12 del presente tiene el honor de poner en su noticia que el pais de norte a sur se halla en tranquilidad, sin que pueda perturbarla el motin militar de Colchagua que con la oportunidad de las medidas que ha tomado el Gobierno, léjos de ser de trascendencia debe quedar sofocado de un momento a otro. Si este escandaloso acontecimiento ha proporcionado ocasion a unos cuantos aspirantes para esparcir especies subversivas del órden público, el Congreso Nacional debe descansar en la segura confianza de que la fuerza pública i los ciudadanos bien intencionados sabrán reprimir en tiempo las maquinaciones de la maledicencia si es que en su impotente despecho se ha atrevido a formar alguna.

El Gobierno se lisonjea que aunque las noticias funestas recibidas por la mayor parte de los señores Diputados hayan podido hacer alguna impresión melancólica en el Congreso Nacional no por eso le habrán distraído de la sagrada atención de constituir al pais, a que esclusivamente se ha dedicado, cierto de que el Gobierno le participará oportunamente cuanto ocurra i deba estar en su conocimiento para que le ilustre con los consejos de su sabiduría sobre las medidas que deba tomar según la naturaleza de los sucesos que se presenten.

El Vice-Presidente de la República saluda al Congreso Nacional con la debida atención de su celo, aprecio i respeto. — Santiago, Julio 14 de 1828. —F. A Pinto. Cárlos Rodríguez. —Al Congreso Nacional.


Núm. 213

La Comision de Constitución, sobre el artículo que se propone para que sea incluido entre los que componen el título de garantías, dice: "que él no pertenece a una Carta Constituyente i por su naturaleza misma demuestra es mas bien la materia de leyes i bien complicada. —Valparaíso, Junio 15 de 1828 —V. F. C."


Núm. 214

rentas de correo

En contestación a la nota de V. fecha de hoi, que acabo de recibir, no puede este Administrador de Correos dar otras esplicaciones sobre el acuerdo del Soberano Congreso, que V. me cita, que la de haber remitido exactamente en la halija del Correo diario todos los paquetes que de esa secretaria se han despachado a esta oficina sin haber tenido otro retardo que los dias que por las lluvias ha estado obstruida la comunicación con la capital. En esta virtud, creo que solo por la ministración jeneral podrá V. tener un conocimiento seguro de los motivos por que se haya retardado la entrega de los paquetes citados. Con este motivo tengo el honor de ofrecer a V. las consideraciones de mi mayor aprecio i respeto. —Julio 15 de 1828. —Por el administrador. Matías Cousiño. —Señor Diputado-Secretario del Soberano Congreso Nacional, don Bruno Larrain.