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SESION DE 10 BIS DE JULIO DE 1828

bao, Echeverría, Elizalde, Gormaz, Gana, González, Guerrero, Larrain, Lira, Muñoz, Orihuela, Ramos, Recabárren, Prado, Prieto, Sotomayor, Vicuña, Valdés, Vial i Ureta.

Se abrió ia sesión dando cuenta del dictámen de la Comision de Policía Interior en la solicitud del señor Villar, por la que decia no serle posible concurrir a la Sala hasta despues de 20 dias. Se leyó una mocion del señor Larrain para que se abriesen las sesiones ordinarias a las once del dia i no pudiesen cerrarse hasta las tres de la tarde; también espuso el Secretario que el oficio en que se transcribía al señor Renjifo el tercer requerimiento habia sido devuelto cerrado porque este señor no se hallaba en la capital, i que todavía no habia llegado a sus manos el sobre de la nota con que se requirió al señor Gandarillas por tercera vez.

No habiendo mas de que dar cuenta, el Presidente puso a discusión el asunto del señor Villar: i despues de algunas observaciones, se aprobó el dictámen de la Comision en los términos siguientes: "Requiérase al señor Villar por segunda vez con arreglo a la lei."

Luego despues el Presidente consultó a la Sala sobre si queria o no considerar la mocion del señor Larrain sin haber pasado a Comision como estaba prevenido por reglamento, i ésta resolvió discutirla inmediatamente: en su consecuencia tomaron algunos señores la palabra i entre ellos el señor Prado, quien pidió se agregase a la mocion un otro artículo, que el autor de ella apoyó i redactó en los términos siguientes: —"Si algún Diputado pidiese segunda discusión, se tendrá esta precisamente en la noche del mismo dia, sin perjuicio de continuar discutiendo los demás artículos". —Despues de un largo debate se sancionó el artículo 1.º del modo siguiente: "Desde la fecha, las sesiones ordinarias serán desde las once del dia hasta las tres de la tarde."

Se puso en discusión la indicación del señor Prado i no se alcanzó a resolver por haber pedido el señor Argomedo segunda discusión.

Finalmente, se contrajo la Sala a tratar sobre los Diputados que no habían podido asistir a las sesiones en el temporal próximo pasado; i despues de algunas indicaciones, se fijó la siguiente proposicion: "¿Estuvieron o no lejítimamente impedidos los Diputados que no asistieron a las sesiones en los dias del temporal?" Tomada votacion, resultó la afirmativa.

Se acordó, por último, que se volviera el pliego en que se requiere al señor Renjifo al administrador de correos para que lo dirijiese al lugar donde este señor se hallase, i exíjiese el sobre, como estaba mandado.

Se levantó la sesión, habiéndose llenado el objeto que la motivó. —M. Novoa. —Bruno Larrain.


ANEXOS

Núm. 198

Nada mas interesante a la República en las presentes circunstancias,que la Constitución. Ella será sin duda la que ponga un término a los males que principian a destrozar la patria. A cada Diputado consta el movimiento últimamente acaecido en Colchagua i no es posible presumir que la Representación Nacional tan celosa del órden i que tantos sacrificios ha hecho por constituir al pais se niegue a sancionar el artículo siguiente, cuya aprobación le atraerá la gratitud pública. El que suscribe, apoyado en estos principos i confiado en las intenciones de la Sala, lo somete a su deliberación:

Artículo único. Desde la fecha las sesiones ordinarias serán desde las once del dia hasta las tres de la tarde.

Art. 2. Si algún Diputado pidiese segunda discusión se tendrá ésta precisamente en una noche del mismo dia sin perjuicio de continuar discutiendo los demás artículos. —Julio 10. —B. Larrain.


Núm. 199

La Comision de Policía Interior opina que se le requiera al señor Villar por segunda vez conforme a la lei de 1.º de Mayo.

Sala de sesiones, Julio 10 de 1828. —M. Novoa. —P. S. Prado Montaner. — Miguel Collao. —Francisco Fernandez. —B . Larrain.



Núm. 200

Habiendo tomado en consideración el Con greso Nacional su apreciable comunicación, fecha 2 del corriente, en que espone no poderse incorporar a la Sala hasta dentro de 20 dias, ha re. suelto que se le requiera por segunda vez conforme a la lei i a fin de que se ponga en marcha a la mayor brevedad.

El Secretario que suscribe se complace de reiterar a V. las consideraciones de su mayor aprecio.— Valparaíso, Julio n de 1828. —Al señor don José Antonio del Villar.


Núm. 201

El Congreso Nacional ha acordado que se devuelva a V. S. el pliego rotulado a don Manuel Renjifo para que por su conducto se dirija al lugar en donde se encuentre, con la indispensable condicion de que se remita el sobre a esta Secretaría.

Acompaño también a V. S. otra comunicación 25 m