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CONGRESO CONSTITUYENTE
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 50.ª BIS, EN 17 DE JUNIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RAMON DE VICUÑA


SUMARIO. —Asistencia. —Llamamiento al señor Pradel—Implicancia alegada por los señores Elizalde i Vial del Rio. —Inserción en el acta de una pregunta i la contestación. —Condenación del señor Pradel. —Acta. —Anexos.



ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Llamar al señor Pradel a la presente sesión. (V. sesión precedente.)
  2. Declarar que los señores Elizalde i Vial del Rio no están implicados para conocer en el asunto del señor Pradel.
  3. Dejar constancia en el acta de haber declarado el señor Pradel que no tiene prueba de la existencia de una lojia en el Congreso. (V. sesión precedente.)
  4. Declarar que don Nicolás Pradel ha incurrido en el apercibimiento de la Comision encargada de oirle, i en consecuencia que es un falso calumniante i queda separado del Congreso i se debe llamar a su suplente. (Anexos núms. 117, 118, 119 i 120. V. sesiones del 17, el 21 i el 23 de Junio i C. de DD. en 20 de Octubre de 1828 i 27 de Enero de 1829.)

ACTA

Se abrió con los señores Araos, Albano, Argomedo, Arguelles, Barros, Castillo, Concha, Collao, Elizalde, Fernandez, Gormaz, Guerrero, Larrain, Lira, Marin, Muñoz, Molina, Navarro, Novoa, Orihuela, Orjera, Palacios, Prieto, Prado, Reyes, Sotomayor, Valdes i Vicuña.

Faltaron los señores Bilbao i Recabárren con licencia.

Se indicó debia llamarse al señor Pradel: se votó la proposicion i resultó debia llamarse.

Los señores Elizalde i Vial del Rio, espusieron que se creían implicados para conocer del asunto del señor Pradel, objeto de la sesión estraordinaria: se votó si estaban implicados o no, i resultó la negativa.

En seguida se anunció por el señor Presidente estar el asunto del señor Pradel en discusión: se leyeron los antecedentes de él; durante la discusión, el señor Novoa hizo una pregunta al señor Pradel, la cual contestó. Se pidió que dicha pregunta i respuesta se insertasen en el acta; se defirió, i en consecuencia el señor Novoa la escribió en los mismos términos que la habia espresado en su discurso, cuyo tenor es el siguiente: "¿Puede el señor Diputado de Lautaro probar, tiene pruebas, ofrece comprobantes de la actual existencia de esa asociación, o sea lojia en que se trata planes liberticidas contra la Patria o nó?" Su respuesta fué que nó.

Despues de diferentes indicaciones, propuso el señor Presidente que el voto de la Sala debia recaer sobre el apercibimiento que la Comision le señaló. Se leyó, por tanto, cuyos términos son los siguientes: "Apercíbasele por segundo i último al señor Diputado de Lautaro, para que dentro del término de veinte i cuatro horas cumpla con