Leida el acta de la sesion anterior, fué aprobada.
En seguida, dióse cuenta de una nota del Senado en la que anuncia haber desechado el indulto de la pena de muerte que en favor de Cárlos Campos acordó la Sala en 7 del presente. Se mandó a la Comision de Justicia.
Púsose en discusión el artículo 2.º del informe de la Comision encargada de negocios constitucionales sobre la continuacion del Jurado i Protector de libertad de imprenta; i a consecuencia de su lectura, hizo indicacion un señor diputado a efecto de que se comunicase a la Cámara de Senadores el artículo 1.º aprobado en las sesiones anteriores; pero habiéndose llamado al órden del debate, tomaron la palabra los señores sobre el artículo en discusion, i despues de considerado bastantemente, se fijó la siguiente proposicion: "¿por el artículo o contra?" i resultó aprobado por quince sufrajios contra ocho, como asimismo el tercero por unanimidad; ámbos en los términos siguientes:
Art. 2.º Los miembros de él que, siendo citados por el escribano de órden del Presidente, se negaren a concurrir sin causa lejítima, pagarán una multa de cincuenta pesos, que se aplicará a fondos municipales.
Art. 3.º Esta multa se recaudará por el tesorero de la Municipalidad con el decreto que deberán poner los que se hubiesen reunido; i ninguna autoridad oirá al multado ínterin no justifique haber hecho el entero.—
En segunda hora se leyó el proyecto del señor Orihuela e informe de la Comision de Policía interior conducente a que la Sala se declarase en sesiones diarias; i en consecuencia, se puso en discusion jeneral; luego se consideró en particular el primer artículo i fué aprobado, del mismo modo el segundo; i el tercero, que en el curso de la discusion se redactó, todos en los términos siguientes:
Artículo primero. La Cámara de Representantes declara sus sesiones diarias desde el momento en que se le presente la Lei de Elecciones o cualquier proyecto de otra lei que emane de la Constitucion.
Art. 2.º Ningun otro negocio, por urjente que sea, podrá ser considerado en sesion ordinaria.
Art. 3.º Las sesiones ordinarias empezarán a las siete de la noche i se levantarán a las diez—
En seguida, tomóse en consideracion la nota del Senado por la que se escusa concurrir con su aprobacion, por considerarla innecesaria, a la resolucion de esta Cámara sobre su réjimen económico tomada en la sesión del 15 de Setiembre, i por unanimidad se conformó con ella.
Luego se pidió tuvieran efecto desde el dia siguiente los artículos aprobados en segunda hora relativos a las sesiones diarias; i habiéndose al efecto corrido votacion, quedó así acordado por unanimidad.
En este estado i siendo mas de las diez de la noche, se levantó la sesión. —CONCHA. —Molina, Dputado-Secretario.
ANEXOS
Núm. 95
La ▼Cámara de Senadores ha tomado en cosideración el indulto de pena de muerte concedido por la de Diputados al reo criminal Cárlos Campos i ha resuelto que se deseche.
El Presidente de la Sala tiene la honra de comunicarlo al de la de Diputados en contestacion de su respetable nota de 10 del corriente, complaciéndose en ofrecerle las seguridades de su mayor aprecio. —Octubre, 17 de 1828. —▼CASIMIRO ALBANO. —▼Francisco Fernández, Senador-Secretario. —Al señor Presidente de la ▼Cámara de Diputados.
Núm 96
Por encargo de S.E. el Vice-Presidente de la República, tengo la satisfaccion de acompañar a V.S. un cuadro de la Constituccion política del Estado, a fin de que se coloque en la Sala de sesiones de la Cámara, si ésta la tuviere a bien.
Dios guarde a V.S. muchos años. —Cárlos Rodríguez. —Al Secretario de la Cámara de Diputados.