- Proclama dirijida al ▼pueblo de Santiago, incitándolo a la revolución contra el Congreso. (Anexo núm. 270.)
- Acta de una reunion del pueblo de Santiago, en la que se niega obediencia a las autoridades i se declaran nulas las elecciones de Senadores i Diputados. (Anexo núm. 271.)
- Artículo en que se da noticia de haber estallado la revolución en Colchagua. (Anexo núm. 272.)
- Nota por la cual la ▼Municipalidad de Parral retira los poderes a los Diputados de aquel departamento. (Anexo núm. 273.)
- Notas sobre el retiro de los poderes a los Diputados de San Felipe. (Anexos núms. 274, 273 i 276.)
Núm. 270[1]
Compatriotas:
Es Pegado el momento de reclamar vuestros usurpados derechos con la enerjía que otras veces. Las provincias de Concepcion, el Maule i Colchagua se han puesto a la vanguardia en la empresa que va a inmortalizar su entusiasmo por la ▼libertad, i marchan a estimularos, a fin de que depongáis esa inercia que os abate i degrada. Tiempo há que debisteis hacerlo; pero éste es el instante indispensable. Nada temáis: las baynetas están consagradas bajo la autoridad del protector de la ▼Constitucion i de las leyes; del que siempre ha dejado a los pueblos en libertad para que discutan lo que mas convenga a sus derechos: en este supuesto, uniformad vuestros votos a los de las provincias del sur i despojad a vuestros intrusos Representantes del poder que retienen aun, no obstante el clamor jeneral i los anatemas que contra ellos lanza la opinion pública Dad a la ▼Patria este dia de gloria i confundid con vuestra presencia las furibundas esperanzas de vuestros opresores.
Núm. 271[2]
ACTA
En la ciudad de ▼Santiago de Chile, en siete dias del mes de Noviembre de mil ochocientos veintinueve años, se reunió en la Sala del Consulado una gran parte del vecindario a tratar de poner remedio a los males que amenazan la entera disolucion del ▼Estado; pues hallándose separadas del gobierno jeneral las provincias de Concepcion, del Maule i de Aconcagua, por haberle negado la obediencia a cansa de las infracciones de la ▼Constitución cometidas por las ▼Cámaras lejislativas; i considerando:
Que las elecciones de ▼Cabildo, de Asamblea i de electores para Presidente i Vice-Presidente de la República adolecen de insanables vicios de nulidad, porque no se dejó espresar libremente la voluntad jeneral;
Que del mismo vicio adolecen los que se dicen Diputados de la ciudad de Santiago i Senadores de la provincia, porque con artificios i maniobras se injirieron a representarla contra su voluntad, terminantemente manifestada;
Que abierto el camino a las infracciones por la impunidad i por el disimulo del Gobierno i del ▼Congreso, se instaló éste ilegalmente; i sin tener en su seno el número suficiente de miembros, procedió a verificar el escrutinio de Presidente de la República;
Que faltando a lo establecido por la lei, no elijió para Vice-Presidente, procediendo con arbitrariedad, un individuo de los que obtuvieron mayoría respectiva;
Que con esta comportacion ha ocasionado el descontento en todos los pueblos, echado por tierra la Carta Constitucional que mantenía las provincias en estrecha unión, obligándolas a dividirse, e introduciendo en el ejército la indisciplina i causando otros muchos males que por la brevedad del arto no pueden demostrarse:
▼El vecindario de Santiago acuerda:
- No reconoce la autoridad del Cabildo, ni la de la Asamblea, ni la de ningun funcionario cuyo nombramiento haya emanado de alguna de estas corporaciones.
- Declara nulas las elecciones de Diputados i Senadores de esta ciudad, i por la intervencion que han tenido en las Cámaras, insubsistentes los nombramientos que estos cuerpos hayan hecho de cualesquiera empleados.
- Niega la autoridad al que actualmente obtiene el mando de la República, i a las Cámaras que se han puesto en receso.
Acuerda:
Para remediar los males que pudieran sobrevenir por falta de Gobierno, el nombrar una