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Con este motivo el que suscribe ofrece al señor Presidente de la Cámara de Diputados las consideraciones de su distinguido aprecio. —Cámara de Senadores. —Santiago, Octubre 26 de 1829. —Francisco R. de Vicuña . —J. Domingo de Amunategui , Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 244

Como de la Comision Eclesiástica, hemos creido no deber suscribir el dictámen que ha dado sobre las proposiciones que presentó a la Sala en 26 del corriente el señor don Francisco de Paula Fernández, porque la materia nos parece mui delicada i mas del resorte de la jurisdiccion eclesiástica que de la civil. Antes de todo, convendria pedir su informe al Gobernador i Cabildo Eclesiástico, para que, ilustrando a la Comision, fuese mas seguro el dictámen.

No sabemos por qué no han de ser Gobernadores de los Obispados los del Cabildo Eclesiástico: éste es el que tiene i da la jurisdiccion en la vacante, i podrá darla a quien quiera i nunca mejor que cuando la imparte a uno de su seno. Si porque son del coro no han de ser gobernadores, tampoco los Gobernadores locales podrán ser del Cabildo, i las Cámaras no podrán elejir Presidente de entre sus diputados.

El segundo artículo es escusado, porque la duración será conforme a los cánones; i miéntras hai vacante, digo lo mismo del tercero.

La Comision ha sustituido dos artículos en lugar del primero, que ha repugnado; pero son de materia distinta, deben pasar a la Comision que entienda en el arreglo de aranceles; i sobre todo, esos artículos sustituidos son nuevas proposiciones que deben leerse i correr los trámites de cualquiera nueva mocion.

Lo que se pide por las dispensas matrimoniales, no son multas sino penitencias, i el dinero que se da es para obras pías. Hasta en el sacramento de la penitencia se imponen penas de dar tal limosna, socorrer un hospital, etc. Sobre esto i sobre el segundo artículo, será mejor que la Comision pida informe al Gobernador Eclesiástico, i entónces sabremos si impone multas, cómo, por qué i qué aplicación tienen. Sabremos también si el Notario Eclesiástico cobra, i cuánto, por esas dispensas; pues estamos en que nada mas pide que lo de arancel. Concluimos, pues, con las proposiciones siguientes:

Artículo primero. Vuelvan a la Comision Eclesiástica las proposiciones del señor don Francisco de Paula Fernández para que dictamine con previo informe del Gobernador i Cabildo Eclesiástico.

Art. 2.º Las que ha subrogado la Comision, pásense a la de Lejislacion o a la que deba entender en el arreglo de aranceles jenerales.

Santiago i Octubre 29 de 1829. —Arce. —Zúñiga.


Núm. 245

El que suscribe, tiene el honor de remitir al señor Secretario de la Cámara de Diputados cuarenta ejemplares impresos de la Memoria que, en observancia de la lei, ha trabajado sobre el Departamento de Relaciones Esteriores que accidentalmente está a su cargo; a fin de que se sirva distribuir dichos ejemplares entre los señores diputados.

El que suscribe, saluda al señor Secretario con su particular distincion.— Santiago, 27 de Octubre de 1829. —Juan Francisco de Zegers, Sub-Secretario. —A l señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 246

MEMORIA
DEL MINISTERIO DE RELACIONES ESTERIORES
Presentada al Congreso Constitucional del año de 1829

POR EL SUB SECRETARIO ENCARGADO INTERINAMENTE DEL DESPACHO QUE DICHO DEPARTAMENTO, CONFORME AL ARTÍCULO 88, CAPÍTULO 7.º DE LA CONSTITUCION.

Entre los varios objetos que han ocupado la atencion del Gobierno de Chile desde la primera época de su existencia, el establecimiento de relaciones con los otros Estados de Europa i América, cimentadas sobre bases de recíproco beneficio, no ha sido el que ménos ha fijado su cuidado. La esposicion que sigue manifestará los pasos que últimamente se han dado en él.

Los principios que dirijen la presente administracion española, nos presentan todavía a mucha distancia el reconocimiento de nuestra independencia por el Gobierno de S. M. C. Ni los triunfos de nuestras armas, ni los sentimientos de conciliación manifestados por este i los otros Estados americanos, ni la interposicion de potencias poderosas que ven con dolor prolongarse una guerra que inquieta, entraba el comercio, i solo puede acarrear consecuencias desastrosas a la España misma, han disminuido en lo mas mínimo sus pretensiones. Léjos de abandonar sus ilusorios proyectos de reconquista, la vemos ocuparse en ella con nuevo ardor. Se acumulan fuerzas navales i terrestres en la isla de Cuba, que amenazan a los Estados del Atlántico, i probablemente preparan un golpe contra la federacion mejicana. La lista que acompaña bajo el número i dará una idea de la magnitud de estos preparativos, a la fecha de las últimas no