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CÁMARA DE DIPUTADOS


ACTA

SESION DEL 27 DE OCTUBRE

Asistieron los señores Aldea, Arce, Argomedo (don Tomas), Argomedo (don Antonio), Aristía, Barros, Bilbao, Calderon, Concha, Chacon, Claro, Collao, Cortés, Contreras, Cotapos, Fernández Rio, Fernández Recio, Fernández Díaz, Fuentes, García, Larrain (don Bruno), Lira, Meneses (don Juan Francisco), Meneses (don José Gregorio), Mujica, Muñoz (don Justo), Maturana, Mena, Marin, Novoa, Osorio (don Francisco), Pérez Larrain, Pérez Valenzuela, Sánchez (don José Santiago), Sánchez (don Mariano), Solar, Tollo, Vicuña i Zúñiga.

Faltaron con licencia los señores Vial, Fierro, Albano, Osorio (don Bernardo), Pérez Arce, i Larrain (don Nicolas.)

Sin ella los señores Correa, González, Hurtado, Rozas, Cisternas i Viel.

Aprobada el acta de la sesion anterior, espuso el Secretario que los subalternos de su cargo le habian representado que los Ministros del Tesoro se preparaban para descontar de sus haberes el suplemento que recibieron en el mes de Agosto para costear su trasporte a Valparaíso; que por su conducto suplicaban a la Sala se sirviese tomar alguna resolucion a fin de que dicho suplemento les fuese abonado en calidad de viático, fundándose para esto en la cortedad de sus dotaciones i en el ejemplo del Gobierno que no solo dió viáticos a sus empleados para el viaje a Valparaíso, sino que tambien les proporcionó carruajes i cabalgaduras en que conducirse. Concluyó presentando a la Sala un artículo relativo a esta solicitud, el cual fué unánimemente sancionado en estos términos:

"Las cantidades que los subalternos de Secretaría percibieron en Agosto último para costear su trasporte a Valparaíso no serán deducidas de sus respectivos haberes, debiendo considerarse como abonos por cuenta de viáticos". Cuya resolución se mandó agregar al acuerdo de la sesion anterior sobre arreglo de dietas, a fin de que se comunicase todo junto al Poder Ejecutivo.

El señor Fernández Recio hizo indicacion para que se discutiese en la Sala el proyecto de Reglamento de Justicia que está preparado desde la lejislatura anterior; a este propósito indicó tambien el señor Fernández Díaz que seria mui conveniente se considerase con preferencia el Reglamento de Comercio. A estas indicaciones sucedió una tijera discusion, despues de la cual nada se resolvió por pasar a la órden del dia.

En consecuencia, se puso en discusion el proyecto sobre devolución de secuestros que se hallaba en tabla; i despues de un prolongado debate, se declaró suficientemente discutido en jeneral.

En segunda hora, se leyó el dictámen de la Comision de Hacienda en la solicitud de los oficiales del Ministerio del Interior, i quedó en tabla.

Se dió cuenta de una solicitud de don Ramon Ocampo a fin de que se le declarase chileno legal. La Cámara acordó sobre tabla i por unanimidad concederle esta gracia, autorizando al señor Presidente para comunicar este acuerdo sin la aprobacion previa del acta.

Continuó la discusion pendiente; i despues de varias reformas que se le hicieron al artículo primero, quedó aprobado en los términos siguientes:

"Artículo primero. —Todos los bienes secuestrados que no estén enajenados, serán devueltos o a sus lejítimos dueños o a sus herederos forzosos sin mas trámite que calificar serlo."

El artículo segundo fué reprobado, i por indicacion de algunos señores se mandó nuevamente a la Comision para que lo redactase con arreglo a las indicaciones que se habian hecho.

Siendo la hora avanzada, se levantó la sesion quedando en tabla los asuntos pendientes —BILBAO.


ANEXOS

Núm. 239

SS. RR.

La Comision de Hacienda ha considerado detenidamente la presente solicitud, i aunque en su oríjen es comprensiva a los oficiales primeros i segundos del Ministerio del Interior, mas segun la esposicion del Ejecutivo está de antemano nivelada la aspiracion de los últimos con los otros empleados que cita; por eso es que opina solo por la justicia que le asiste al oficial primero, que debiendo guardar una consonancia en su haber con los de los otros departamentos, se le ha privado de un prest que lejítimamente le corresponde, i que la Cámara de Diputados debe así sancionarlo en los términos que lo solicita. Sala de Sesiones, Octubre 25 de 1829. —Novoa . —Collao . —Vicuña.


Núm. 240

Soberano Señor:

Ramon Ocampo a Vuestra Soberanía respetuosamente espone: Que despues de una residencia de cinco años, en que se han identificado mis sentimientos e intereses con los del pais, sería mui estraño me mostrase indiferente al honor i las ventajas de pertenecer a él como ciudadano. Recibido al gremio i ejercicio de abogado, me creia investido de la ciudadanía, cuando vino la Constitucion, detalló las calidades del ciudadano chileno, i me hallé sin los ocho años que exije al estranjero célibe para concederle el goce de aquella importante prerrogativa.