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SESION DE 23 DE OCTUBRE DE 1829

sobre el proyecto del señor Claro. (V. sesion del 24.)


ACTA

SESION DEL 23 DE OCTUBRE

Asistieron los señores Albano, Aldea, Arce, Argomedo (don Tomas), Argomedo (don Antonio), Bilbao, Concha, Chacon, Claro, Collao, Contreras, Cortés, Fernández Rio, Fernández Recio, Fernández Díaz, Fuentes, García, Larrain (don Nicolas), Larrain (don Bruno), Lira, Marin, Mena, Maturana, Mujica, Muñoz (don Justo), Pérez Arce, Pérez Valenzuela, Sánchez (don José Santiago), Sánchez (don Mariano), Solar, Viel i Zúñiga.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de los informes de la Comision de Lejislacion en la mocion del señor Lira sobre que se consideren con un tercio mas de tiempo para su reforma los empleados que arrostraron los peligros de la guerra de independencia; en la del señor Concha sobre interes del dinero i en la solicitud de don Manuel Larenas. Todos quedaron en tabla.

A indicacion del señor Presidente acordó la Sala por unanimidad que se anotasen las faltas de los señores Diputados que no asistiesen a las once del dia, a fin de ser privados de la dieta con arreglo a los acuerdos de la Cámara anterior.

Se puso en discusion el dictámen de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de supresion de alcabalas; i despues de un prolongado debate nada se alcanzó a resolver en primera hora.

En segunda se dió cuenta de una solicitud de doña Tránsito Zúñiga sobre que se declare opcion a la reforma militar al teniente don Pedro Meló, su finado hijo; i se mandó a las Comisiones de Hacienda i Guerra.

Leyóse un proyecto del señor Claro sobre arreglo de dietas; i pasó a la Comision de Policía interior.

Continuó la discusion pendiente hasta que declarado el dictámen suficientemente discutido, se corrió votacion por el pró o contra i resultó reprobado por diezisiete sufrajios contra trece que se decidieron a su favor. De consiguiente se acordó que el proyecto sobre alcabala volviese a la Comision para que abriese su dictámen en él puesto que su primer informe era únicamente relativo a que se desechase el proyecto. En este estado se levantó la sesion quedando en tabla los negocios pendientes. —BILBAO.


ANEXOS

Núm. 224

Estando ya mui avanzado el período de la presente lejislatura sin que nuestra Cámara haya formado los presupuestos de sus gastos con arreglo a la Constitucion, el Diputado que suscribe ha creído conveniente se sancione el siguiente proyecto que tiene la honra de presentar:

Artículo primero. Los Diputados gozarán de las dietas que han tenido en las lejislaturas anteriores.

Art. 2.º Durante la época en que las Cámaras funcionaron en Valparaíso, se les abonarán las mismas sobredietas que se asignaron al Congreso anterior en igual circunstancia.

Art. 3.º Las dietas serán abonadas con arreglo a las nóminas que se pasen por Secretaría desde el primero de Agosto ultimo en que principiaron las sesiones preparatorias.

Art. 4.º Se declara por la época de las sesiones de Valparaíso el tiempo trascurrido desde el primero de Setiembre último hasta el 20 del corriente.

Art. 5.º El Secretario tendrá la misma dotacion i sobresueldo que en las anteriores Cámaras.

Art. 6.º Los sobresueldos de Secretaría se abonarán con arreglo al artículo cuarto. —Santiago, Octubre 23 de 1829. —Vicente Claro .


Núm. 225

La Comision opina que debe sancionarse la precedente mocion en todas sus partes excepto el artículo cuarto que ha parecido deber concebirse en estos términos:

"Una Junta compuesta del Presidente del Senado, o Comision Permanente en receso de aquel, del Presidente de la Suprema Corte i Ministro del Interior calificará las condiciones que se previenen al artículo primero."

La Comision ha creido no deber esponer los fundamentos que motivan su dictámen porque los que se espresan en la mocion son demasiado fuertes i bastantes para manifestar su justicia. —Santiago, Octubre. 23 de 1829. —R. Bilbao. —Concha. —B. Larrain.


Núm. 226

La Comision de Lejislacion opina que deben sancionarse a la mayor brevedad los tres artículos que contiene el anterior proyecto. Las razones en que funda su dictámen las espondrá en el curso de la discusión. —Santiago, Octubre 23 de 1829. —B. Larrain. —Lira. — R. Bilbao.


Núm. 227

La Comision opina que debe concederse la gracia que solicita el señor don Manuel Larenas. —Sala de Sesiones, Santiago, Octubre 23 de 1829. —Lira. —Concha. —Larrain. —Bilbao.