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338 CÁMARA DE DIPUTADOS

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad a presencia de los comisionados de las Parroquias, ciudadanos Agustin Lobos i José Gregorio Osorio, obtuvieron los precitados don Santiago Larrain, Francisco Osorio i Pedro Félix Vicuña ochocientos sesenta votos; i diez los indicados don Vicente Marcoleta, don Juan Hernández i don Tadeo Gómez- resultando, de consiguiente electos los ciudadanos don Santiago Pérez Larrain, don Francisco Osorio i don Pedro Félix Vicuña para Diputados al Congreso. Hecha la correspondiente proclamacion por el Presidente en voz perceptible a todo el concurso, se retiró éste, firmando conmigo como Secretario del Cabildo la presente acta, despues que le fué leida i aprobada por él. —Manuel Sotomayor. —José Antonio Osorio. —Tomás Echavarría. —José María Uribe. —Fernando Urigoitía. —Agustin Lobo. —José Gregorio Osorio. —Francisco de Villegas, Secretario. —Enmendado. —Francisco Osorio, (vale).

Es copia de su orijinal. —Manuel Sotomayor. —Francisco de Villegas, Secretario.


Núm. 61

PROVINCIA DE CONCEPCION
Partido de la Laja

De órden de la Comision que ha suplido la falta de Municipalidad, remito a Ud. una copia del Acta levantada i aprobada por ella i los comisionados de la mesa receptora del Partido,con motivo de la elección celebrada con esta fecha, i por la cual ha cabido a Ud. el cargo de Diputado electo al Soberano Congreso.

Sírvase Ud. acusarme recibo a la mayor brevedad, aceptando las consideraciones de mi mayor aprecio. —Anjeles, 8 de Junio de 1829. —Antonio Carrera. —Andrés Arredondo, Secretario. —Al señor diputado electo don Bernardo Osorio.


Núm. 62

Ánjeles

Reunidos los vecinos del Partido de la Isla de la Laja, el dia ocho del mes de Junio de mil ochocientos veintinueve años, con asistencia de los señores don Antonio Carrera, Gobernador del referido Partido por falta de Municipalidad en esta ciudad, i asociado de los ciudadanos don José Gregorio Robles don Juan José Bravo, don Pedro Alarcon, don Andrés Arredondo i don Tiburcio Sánchez, a efecto de diputados verificar el escrutinio de la votacion recibida en la parro juia de San Miguel de los Anjeles para diputados al Congreso Nacional, mandó examinar, a presencia de los comisionados por la mesa receptora, la cerradura de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion i hallándosela en el mismo estado en que habia quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura i en seguida a la de la caja que habia dentro, en el órden prevenido por el artículo sesenta i seis del Reglamento de Elecciones. Acto continuo, i con las formalidades de los artículos sesenta i siete i setenta del citado Reglamento se procedió al escrutinio de la caja, el cual produjo el siguiente resultado: ciento i cinco votos; ochenta i ocho a favor de los ciudadanos don Bernardo Osorio, don Miguel Collao , diez i siete a favor de los señores don José María Novoa , don Francisco Fernández; i para Suplentes ciento cinco votos; ochenta i ocho a favor del ciudadano don Antonio Gundian, diezisiete a favor del señor don Santiago Muñoz Bezanilla; resultando, de consiguiente, electos para diputados al Soberano Congreso los ciudadanos don Bernardo Osorio, don Miguel Collao i para Suplente el señor don Antonio Gundian. Hecha la correspondiente proclamacion por el Presidente, en voz perceptible a todo el concurso, se retiró éste, firmando conmigo, como Secretario de la Junta, la presente Acta, despues que fué leida i aprobada por él. —Es copia del orijinal. —ALEJO LÓPEZ, presidente. —Vocales, Gregorio Contreras. —Francisco Reyes. —Ánjel Reyes. —José María de la Maza. —Antonio Carrera. —Andrés Arredondo, Secretario.


Núm. 63

Serena

Reunida la Municipalidad del Partido de la Serena, el dia trece de Junio del año de mil ochocientos veinte i nueve, con asistencia de los señores Presidente don Juan Miguel Munizaga, i municipales don Segundo Gana, don Pedro Antonio García, don Ceferino Meris, don Juan Francisco Cifuentes, don José María Solar i Marin i don Dionisio Argandoña, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las Parroquias que se contienen en su jurisdiccion para diputados al Congreso, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i hallándoselas en el mismo estado en que habian quedado ántes de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a las de las cajas que habia dentro, en el órden prevenido en el artículo sesenta i seis del Reglamento de Eleccio