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SESION DE 29 DE ENERO

se reunan para cerrar sus sesiones, elejirán indistintamente i a pluralidad absoluta una Comision de cinco individuos de entre ellos mismos, cuyo objeto esclusivo será recibir los votos de los cuerpos electorales para Presidente i Vice-presidente de la República i conservarlos bajo la mas estricta responsabilidad en la forma que los reciba, hasta entregarlos a la primera lejislatura constitucional.

Art. 2.º Será presidente de esta Comision el que tenga en la eleccion mayor número de sufrajios i subrogará al actual Vice-Presidente de la República en los solos casos de muerte o de grave enfermedad. —Concha. —Bruno Larrain. —Ramos.


Núm. 306

El Redactor respetuosamente espone: que no siendo culpable en las faltas del taquígrafo i que teniendo há mas de mes i medio espeditos sus trabajos para imprimirlos, como informará el Oficial Mayor, pues ha presenciado mi exactitud, suplica se dignen determinar se me den los sueldos que me tienen retenidos en Secretaría por dichas Comisiones. Seguramente se propusiéron esforzar al que cometía la falta, mas a mí no me comprendia, porque nunca he faltado a mis compromisos. Las Comisiones, a quienes me dirijo, pueden penetrarse bien de esta verdad i en virtud de ella decretar mi petición, por ser de justicia. —Santiago i Enero 8 de 1829. —J. Santiago Menare.

A los SS. de las Comisiones de Policía Interior e Inspeccion de diarios.

Informe el Secretario. —Santiago, Enero 8 de 1829. —Gana. —Castillo. —Echeverría.

Como encargado interinamente de la Secretaría por ausencia del Sr. Secretario, me consta que el redactor don Santiago Menare ha redactado exactamente en los términos que se le han fijado todas las traducciones que le ha entregado el taquígrafo por conducto de esta Secretaría; i si sus trabajos no se han publicado aun, no ha sido por culpa suya sino por la falta de prensa que se esperimenta. —Secretaría de la Cámara de Diputados i Enero 8 de 1829. —Diego Arriaran, Pro-Secretario.


Núm. 307

Las Comisiones de Policía Interior e Inspeccion de diarios, encargadas por esta Cámara de velar sobre que se publiquen las sesiones del Congreso i autorizadas para adoptar todas las medidas conducentes a este objeto, han acordado el siguiente decreto que tengo la honra de trascribir a V.S.

"Santiago, Enero 29 de 1829.

Las Comisiones de Policía Interior e Inspeccion de diarios, considerando que la publicacion de las sesiones del Congreso se ha retardado estremadamente por no haber cumplido con sus deberes ni el redactor ni el taquígrafo que estaban encargados de este trabajo, han acordado i decretan lo siguiente:

Art. 1.º Ei Redactor i taquígrafo de esta Cámara con sus respectivos amanuenses, solo gozarán de los sueldos que se les tenian asignados hasta el dia último de Noviembre de 1828.

Art. 2.º Comuníquese por Secretaría esta resolución al señor Ministro de Hacienda para que tenga su debido efecto. —'Elizalde'. —Castillo. González. —Molina.

I al comunicarlo a V.S. tengo la complacencia de saludarle con mi mayor consideración. —Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Santiago, Enero 29 de 1829.


Núm. 308

Tengo la honra de incluir a V.S. el nuevo decreto espedido por las Comisiones de Policía Interior e Inspeccion de diarios relativo a los sueldos del redactor, taquígrafo i amanuense.

Con este motivo reitero a V.S. las consideraciones de mi mayor aprecio. —Santiago, Enero 31 de 1829. —Ignacio Molina. —Al señor Ministro de Hacienda.