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240 CÁMARA DE DIPUTADOS


Núm. 253

El Intendente de esta provincia esperaba que la honorable Sala volviese a continuar sus sesiones, para elevar a su conocimiento la nota orijinal que recibió de la Ilustrísima Corte de Apelaciones sobre las nuevas trasgresiones que está cometiendo el Gobernador local. Como el que suscribe elevó ya otras sobre las cuales se ha pedido informe a la Comision de Justicia, acompaña tambien la de aquel Tribunal para que pueda tenerse presente en el dictámen que deba darse i en la resolucion que se tome para contener tantos abusos.

El que suscribe, suplica al señor Presidente se digne poner en conocimiento de la Sala la nota referida, i aceptar la consideración i aprecio que le tributa. —Santiago, Enero 5 de 1828. —José Antonio Pérez de Cotapos. —Señor Presidente de la Cámara de Representantes.

9 de Enero de 1828. —A la Comision de Justicia. —Molina.

Santiago, Enero 12 de 1828.—Pide informe al señor Gobernador local sobre los nuevos hechos que se particularizan en esta nota. —Elizalde. —Argomedo. —Concha. —Marín.

Corte de Apelaciones. —En la visita jeneral de presos, que anteayer concluyó este Tribunal, se ha notado, que el Gobernador local ha destinado reos a la cárcel, presidio, Casa de Correccion, i al servicio de las armas, en contravención de los Bandos de 21 de Mayo de 1823 i 20 de Marzo de 1824, sin precedente calificación de delito, sin las facultades que solo están designadas a V.S. i con exceso en el término de las condenas, como aparece en parte de la certificacion que adjunto, pues no van en ella todos los que el Gobernador local habia destinado i penado.

El Tribunal, tomando el debido conocimiento, puso en libertad el mayor número, i acordó prevenir al Administrador de la Casa de Correccion i al sobrecargo del presidio que en adelante no reciban reo alguno que no vaya destinado por V.S.; i lo pone ahora en su noticia para que pueda hacer entender al Gobernador local lo que se ha notado, i de que debe abstenerse, pues la Constitucion en los artículos 13 i 104, el Reglamento de administración de justicia en los 142 i 143, i los citados bandos en los Boletines números 14 i 25, ni permiten ni dan lugar a esos procedimientos.

Dios guarde a V. S. muchos años. —Santiago, Diciembre 26 de 1828. —Gabriel José de Tocornal. —Señor Intendente de la Provincia de Santiago.

Certifico que a consecuencia de la visita jeneral de presos practicada el veintitrés del corriente, resultaron en la Casa de Correccion las condenas del señor Gobernador local que se hallan al pié de los partes, cuyo tenor es como sigue:

Parte. —Señor Gobernador local: A las tres i media de la mañana mandé a la cárcel a una mujer llamada Tomasa Rodríguez por andar a deshoras en las calles i quitándole el tiempo a los serenos. V.S. disponga de ella; esta mujer es una de las tiradas. —Noviembre 24 de 1828. —José Álvarez de Toledo.

Condena. —Santiago, Noviembre 24 de 1828. —Pase a la Casa de Correccion por el término de un año. —Bilbao.

Parte. —Señor Gobernador: Anoche a las dos i media de la mañana encontré a José Silva en la Alameda, sin destino, lo remití a la cárcel como igualmente a cinco hombres mas que encontré dentro de la Plaza de Abastos, de los muchos ociosos que hai, i uno de estos durmiendo con una mujer, llamada María Fuentes, i el hombre llamado José Zamora. —Santiago, Diciembre 2 de 1828. —José Álvarez de Toledo.

Condena. —Santiago, Diciembre 3 de 1828. —Los seis hombres que espresa este parte entréguense al Comandante del batallón Concepción i la mujer a la Casa de Correccion. —Bilbao. —Pasó al hospital María Fuentes en doce de Diciembre.

Parte. —Señor Inspector: Doi parte a V. como he mandado a la cárcel anoche a Mercedes Perco, por estar viviendo en ilícita amistad con un hombre casado, i siendo ya reconvenida por varias veces, i habiéndola echado del barrio i entregado a la madre, ha vuelto a lo mismo. —Santiago, Diciembre 10 de 1828. —Andrés Dávila. —Visto-Bueno. —Díaz de la Vega.

Condena. —Santiago, Diciembre 10 de 1828. —Destínase por el término de un año a la Casa de Correccion. —Bilbao.

Parte. —Señor Gobernador: Anoche he mandado a la cárcel a Ana Josefa Aguirre por habérsela encontrado con una caja de música, que remito a V.S.; me presumo sea robada porque esta dicha ha andado llevando a los serenos por varias casas de donde decia que la mandaban con la caja i todo ha sido nulo. V.S. disponga lo que guste. —José Álvarez de Toledo.

Condena. —Diciembre 18 de 1828. —Se destina a la Casa de Correccion por el término de un año. —Bilbao.

Es copia de sus orijinales que quedan en esta Secretaría de mi cargo a que me remito, i para que conste de órden del Tribunal, doi la presente en Santiago, Diciembre veintiséis de mil ochocientos veintiocho. —Juan Lorenzo Urra.


Núm. 254

SS. RR.

Don José Antonio Valdés hace presente a la Cámara de Diputados que teniendo desde el anterior Congreso pendiente el recurso de infrac