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112 CÁMARA DE DIPUTADOS

tomayor, Valdivieso i Valdés. Faltaron con licencia los señores Castillo, Echeverría, González, Navarro, Novoa, Orgera, Ureta, Urízar i Vidar; sin ella el señor Araos. El señor Ramos llegó despues de leida el acta.

Leida la de la sesion del 31 de Octubre, fué aprobada. En seguida se leyó una nota del Senado, en la que avisa a la Cámara haber aprobado la lei que regla el modo de calificar la ciudadanía legal. Se mandó comunicar al Poder Ejecutivo i archivar.

Otra del Gobierno, noticiando a la Sala la eleccion de diputado en el partido de los Ánjeles, hecha en el coronel don Águstin López. Se mandó archivar.

Inmediatamente se leyó una comunicacion dirijida al Secretario por el espresado señor López, pidiendo a la Sala por su conducto le escusase por ahora su incorporación a ella i se llamase a su suplente. Se mandó pasar a la Comision Calificadora.

Púsose en discusion el artículo 1.º del proyecto de lei de elecciones, i despues de considerado debidamente, se votó i resultó aprobado por catorce sufrajios contra siete en los términos siguientes:

Artículo primero. Solo los ciudadanos activos tienen derecho a sufragar en las elecciones populares que dispone la Constitucion.

En este estado, se levantó la sesion. —CONCHA. —Ignacio Molina, Secretario.


ANEXOS

Núm. 130

El Vice-Presidente de la República tiene la honra de contestar la apreciable comunicaciOn de la Cámara de Diputados de 29 del que termina, anunciándole que el Gobierno ha recibido la correspondiente noticia oficial del nombramiento que se hizo en el partido de los Ánjeles en el coronel don Agustin López i don Venancio Escanilla, el primero para subrogar al diputado propietario de dicho partido, que fué separado de la Representacion Nacional, i el segundo en lugar del suplente que faltaba. La mesa electoral les remitió a uno i otro, por conducto del Ministerio del Interior, comunicaciones que inmediatamente se les dirijieron, como lo pedia el Gobernador local en su aviso al Ministro de Estado en el mismo ramo.

Con este motivo, el Vice-Presidente de la República protesta nuevamente a la Cámara de Diputados las seguridades de su mayor aprecio. —Santiago, 31 de Octubre de 1828. —F.Á. Pinto. —Cárlos Rodríguez. —A la Cámara de Diputados.

Núm. 131

La Cámara de Senadores ha aprobado el proyecto de lei sobre los trámites i modo de obtener carta de ciudadanía, en los términos siguientes:

Artículo primero. El Senado, o la Comision permanente si las Cámaras estuvieren en receso, hará la declaracion prevenida en la parte 5.ª del artículo 6.ª de la Constitución.

  1. Los que la pretendan, se dirijirán a esta autoridad por un espediente revestido de los justificativos que exije el caso en que se hallen, despues de haber sido refrendados por la Muninipalidad de su partido.
  2. Serán justificativos o comprobantes en esta clase de espedientes una informacion de testigos rendida en forma legal, o certificaciones de aquellas autoridades que puedan dársela; segun la calidad o calidades constitucionales que necesiten acreditar.
  3. Si la residencia del interesado no fuese continuada en un mismo pueblo, deberá producir los justificativos de que habla el artículo 2.º por cada lugar en que haya existido; los que vendrán también refrendados por las Municipalidades.
  4. Concedida la solicitud, se pondrá en noticia del Poder Ejecutivo para que mande despachar la correspondiente carta.
  5. El interesado la presentará a la Municipalidad de su residencia, la cual, tomando razon en un libro que llevará al efecto i anotando esta dilijencia en ella misma, se la devolverá para los fines que le convengan.
  6. Se prohibe exijir derecho alguno por las actuaciones, certificados i demas datos de que habla la presente leí, pudiendo los interesados practicar sus dilijencias en papel comun, i quedando exonerados de pagar cantidad alguna por la carta que les dé el Poder Ejecutivo.
  7. Comuniqúese a quienes corresponda.—

El Presidente de la Sala ofrece con este motivo al de la Cámara de Diputados las seguridades de su mayor aprecio. —Cámara de Senadores. —Octubre 31 de 1828. —CASIMIRO ALBANO. —Francisco Fernández, Senador-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 132

Dos ocaciones ya he probado el dolor de no poder incorporarme a ña Representacion Nacional, cuando el departamento de San Fernando me nombró su Diputado suplente, i ahora que el de la laja me ha elejido su Representante principal. La dificil posesion que ocupo en esta provincia, mis tiernos i eficaces deseod de serla útil, i la necesidad de vijilar con tan constante y activo celo, como el que se me exije en este afonoso destino, me ponen en la alternativa, o de