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Habiéndose reunido la ▼Junta Jeneral de accionistas al Canal de Maipo,— 1.º Se leyó la acta de la junta anterior, i fueron ratificados los tres primeros artículos que ella contiene; i tomando nuevamente en consideracion el 4.º, acordaron: que el rateo de diez pesos mensuales por regador se redujese a cinco pesos, hasta que se reuniera otra vez la junta jeneral, quien resolvería si debia suspenderse esta contribucion en vista de los trabajos que debían emprenderse. —2.º Acordaron que se suspendiese el trabajo del pretil en frente de la bocatoma, i que se pusiesen todos los peones en los botadores.
Asistieron los accionistas don ▼Diego J. Benavente; don ▼Pedro Mena, por si, don ▼Carlos Formas, don Francisco Echagüe, don ▼Joaquin i don Gabriel Tocornal; don Carlos Drewecke; don ▼Domingo Eyzaguirre por sí, el Hospicio, la Villa, don Antonio Hurtado i don Joaquin Echeverría i Larrain; don Joaquin Troncoso; don ▼Manuel Lillo, por sí i don Pedro de la Fuente; don Joaquin Gandarillas i Aránguiz, por sí, don Joaquin Gandarillas Romero i don Borja Valdés; el R. P. P. de San Francisco; don Nicolás Marzan; don Martin Andonaegui, por sí i don Romualdo Antonio González; don Juan Manuel Ulloa; don Ramón Vargas Belbal; don José G. Palma, por sí, doña Rosa Bascuñan, don ▼Pedro J. Prado Montaner, don Antonio Prado, don José Agustín Valdés, don Pedro N. Fontecilla i don Francisco Ovalle; don Domingo Dávila, por su padre i don Antonio Silva; don José Perfecto Salas; don Domingo Arlegui; don Juan María Egaña, por su padre; don Agustín Nataniel Cox; don Manuel Infante por sí i doña Loreto Hermida; don ▼Domingo Bezanilla; don Francisco Echazarreta; don Carlos Correa de Saa. —Concurrieron ciento treinta i cuatro acciones.
Nota. —En acuerdo de 29 de Marzo de 1829, la junta de directores nombró a don Rafael Ahumada juez repartidor de aguas de los canales de San Rernardo, San Francisco i San Joaquin. En 11 de Mayo del mismo, nombró a don José María Frías cobrador, con el sueldo de diez pesos, i las obligaciones que detalla el acuerdo de 17 de Agosto de 1827.
Santiago i Junio 1.º de 1829. —Reunida la Junta Jeneral de accionistas al Canal de Maipo, acordó:
- Que habiendo quedado para fijarse en otra junta jeneral el término hasta donde debia durar la contribución de los cinco pesos mensuales por regador, acordada por todos los accionistas en 26 de Marzo, declararon que a mas de los dos meses vencidos (Abril i Mayo) debia continuar por los de Junio, Julio i Agosto no mas.
- Que habiendo hecho presente los Directores la necesidad de libertar a la compañía del empréstito de catorce mil pesos, cuyo pesado interés absorbía mensualmente una parte considerable de las entradas, i deseando el alivio de los accionistas, propusieron i se acordó por la junta jeneral, que se pagasen en agua los suplementos i contribuciones que han dado los propietarios, completando ellos hasta la cantidad que llene uno o medio regador cuando menos.
- Teniendo entendido los Directores, que la conservacion solo del canal demanda gastos, a mas de que es indispensable ir haciendo anualmente en las temporadas útiles las diferentes obras que se necesitan para la seguridad i arreglo del canal, espusieron a la junta jeneral la necesidad que habia de crearle un fondo productivo, i ésta acordó: que se vendan cincuenta regadores en cantidad de quinientos pesos cada uno, i al interés de doce por ciento anual, adelantado el primer año. —Asistieron los accionistas don Martin 1.º Larrain; don Diego José Reriavente; don Domingo Eyzaguirre por sí, el Hospicio, la Villa, don Antonio Hurtado i don Joaquin Echeverría i Larrain; don José Antonio Cañas; don Ramón Vargas; don Joaquín Gandarillas i Aránguiz, por sí i don Joaquin Gandarillas Romero; don Domingo Arlegui, por doña Clara Raeza; don N. Ampuero, por doña Josefa Urbina; don Domingo Dávila, por su padre; don Manuel Muñoz, por don José Manuel Borgoño; don Joaquin Troncoso; don Manuel Ulloa; don Borja Valdés; don Domingo Bezanilla; don Pedro Mena, por sí i don Joaquin Tocornal; don Ciciliano Álvarez, por sí, su padre i hermano don Pedro Celestino; don José Perfecto Salas; don Martin Andonaegui, por sí, don Romualdo Antonio González, don Joaquin Prieto i San Francisco; don Nicolás Marzan, por sí i don Pedro de la Fuente; don José G. Palma, por sí, doña Rosa Rascuñan i don Francisco Ovalle; don Francisco Prats; don Carlos Formas; don Agustín Nataniel Cox; don Juan María Egaña. por su padre. —Concurrieron ciento treinta i cuatro i media acciones.
Santiago, Junio 30 de 1829. —Reunida la junta jeneral de accionistas al Canal de Maipo, acordó: 1.º Que haciéndose la liquidacion de las contribuciones que han dado los propietarios por cada accion, con inclusión de la presente, que debe concluir en el mes de Agosto, deben a mas enterar cuarenta i cinco pesos en dinero para que se les rejistre medio regador por accion. 2.º Que se fijaba el 15 de Julio para que a esta fecha estuviesen hechas todas las liquidaciones i pagos, i desde entonces cargase sobre los morosos el dos por ciento mensual, que está pagando la asociacion sobre los principales que se van a