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SESION DE 12 DE AGOSTO DE 1830

Congreso el señor Rodríguez (don José Antonio).

Inmediatamente se leyó una nota del Poder Ejecutivo por la que acompaña varias comunicaciones del Gobernador del partido de Talca relativas a desobedecer al Intendente de la provincia de Colchagua de que depende. Se mandó a Comision, quedando nombrados para formarla los señores Cardoso, Irarrázaval i Rodríguez (don Tomás).

A indicacion del Secretario, le autorizó la Sala para que remita al Ministro del Interior un espediente que se versa sobre la deuda que el Perú tiene contraída con la República de Chile, caso de existir en el archivo del Congreso.

En este estado, se levantó la sesion. —Errázuriz, Presidente. —Molina, Secretario.


ANEXOS

Núm. 603

Desde que se dió la lei de demarcacion de las provincias i se señaló a Curicó por capital de la de Colchagua, el pueblo de Talca, que se creia superior a aquél i a los demás de la provincia, resistió el cumplimiento de esta lei, i se separó de hecho, aun antes que sus reclamaciones fuesen desatendidas por los anteriores Congresos. En este estado ha permanecido hasta ahora. Cuando el Jeneral en Jefe del ejército pasó por aquella ciudad, después de la accion de Lircai, i reconvino a algunos de sus habitantes por los compromisos que habian arrastrado con las tropas sublevadas, se le dió por disculpa que ellos ignoraban el órden de cosas que habia precedido; que no habia llegado a su noticia la reunión del Congreso de Plenipotenciarios, ni el establecimiento de un Gobierno provisorio. El Jeneral espuso esto al Gobierno, quien inmediatamente reconvino al Intendente de Colchagua por tal omision; previniéndole al mismo tiempo intimase a las autoridades de Talca la subordinacion que debian tenerle, i que si intentaban repetir sus reclamos, aguardasen la próxima lejislatura para interponerlos. El Gobernador de Talca desobedeció este decreto, como se ve por sus comunicaciones de 12 i 13 de Junio último, dirijidas directamente al Ministerio, no obstante la órden espresa de que todas las autoridades subalternas lo hagan por conducto de sus respectivos Intendentes. Entonces se libró el decreto de 6 de Julio, contra el cual el Gobernador de Talca se ha dirijido en su insolente nota de 27 del pasado.

Toca al Congreso de Plenipotenciarios dictar la medida que deba tomarse para reducir a la obediencia a un pueblo que tan tenazmente ha rechazado todas las órdenes que se le han comunicado a este respecto, cualquiera que sea el poder de que hayan emanado. La division e independencia en que se ha mantenido hasta aquí, no solo es en el Estado un desórden que debe evitarse irremediablemente: es tambien un peligroso ejemplo para los demás pueblos, que a la mas lijera queja o descontento querrian gobernarse por sí mismos, i exijir de grado o por fuerza prerrogativas que no pueden tener.

El Gobierno llama la atencion del Congreso sobre este asunto, i respetuosamente le encarece la necesidad de que sea despachado con la prontitud posible.

Con este motivo, el Gobierno tiene la satisfaccion de reiterar al Congreso de Plenipotenciarios los sentimientos de su alta i profunda consideracion. —Santiago, 9 de Agosto de 1830. —José Tomas de Ovalle. Diego Portales. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 604

En la Secretaría de su cargo debe hallarse archivado un espediente que comprueba la deuda del Gobierno del Perú respecto del de Chile, i V. S. se ha de servir remitirlo con la posible brevedad, para acompañarlo con los demás documentos tpie han de poner en claro la lejitimidad de los cargos que se hacen a aquella República.

Al efecto, podrá V. S. hacer abrir los paquetes de papeles i libros que, por órden de la Junta Gubernativa, se cerraron i sellaron con intervención del escribano, cuando el secretario del último Senado se ocultó por no entregar a V. S. la Secretaría, al tiempo de la instalacion del Congreso de Plenipotenciarios.

Dios guarde a V. S. muchos años. —Santiago, 7 de Agosto de 1830. Diego Portales. —Al Secretario del Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 605

Acompaño a V. S. tres documentos, los únicos encontrados en el archivo de esta Secretaría, después de un prolijo exámen, que pueden tener alguna relacion con el empréstito hecho al Perú. Suplico a V. S. se dé el recibo correspondiente, así de éstos como de los que fueron entregados al Oficial mayor de su despacho, por el de esta oficina.

Reitero a V. S. las protestas de mi mas sincera estimacion i aprecio. —Santiago, 25 de Agosto de 1830. —Varas, Secretario. —Al Ejecutivo.


Núm. 606

Con la nota de V. S., fecha 25 del presente, he recibido los tres documentos orijinales que incluye; e impuesto de su contenido, advierto que