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SESION DE 5 DE JULIO DE 1830

habiendo llegado a su noticia que don Ignacio Eyzaguirre ha ocurrido a la lejislatura fundando un recurso por los derechos a unos terrenos que litiga conmigo en los Tribunales de Justicia, me ha parecido mui conveniente el que Vuestra Sobeianía tome conocimiento de este negocio i de este modo resuelva tambien sobre el que tengo presentado hace dos años a la lejislatura en este mismo asunto; i siendo todo sobre una misma materia, es de necesidad que Vuestra Señoría, abocando a sí los antecedentes que están radicados en los anteriores Congresos, resuelva sobre estos recursos definitivamente. Es justicia, etc. —José Antonio Valdés.


Núm. 534

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, en vista de la nota de S. E. el Vice-Presidente de la República, fecha 2 del corriente, por la que pide se declare si es una gracia especial la que se concede a don Marcos Cordero i a don Mateo Uruchurtú, en sesion de hoi ha declarado que lo es con la condicion espresa en la nota de 1.º de Julio.

Dios guarde a S. E. muchos años. —Santiago, 5 de Julio de 1830. —Errázuriz, Presidente. —Molina, Secretario. —Al Ejecutivo.


Núm. 535

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios en sesion de hoi ha tomado en consideracion la nota deS. E. el Vice-Presidente de la República, en que acompaña la solicitud del Fiscal en lo civil i criminal, relativa a que se le auxilie en su despacho con un amanuense dotado con 300 pesos anuales; i en su consecuencia ha acordado se diga a S. E , que sin embargo de creer justa la espresada solicitud, se abstiene de resolverla i que se devuelva para que la tenga presente, en llegando la época de la próxima lejislatura.

El Presidente que suscribe, con este motivo, saluda al Vice-Presidente de la República i le ofrece su estimacion i aprecio.—Santiago, 5 de Julio de 1830. —Errázuriz, Presidente. —Molina, Secretario. —Al Ejecutivo.


Núm. 536

En el archivo de la Secretaría del Congreso se halla un espediente seguido por don José Joaquin Díaz, en que solicitaba se prohibiese la importacion de aquellas toscas manufacturas que con facilidad pueden trabajarse en el país: dicho espediente es necesario en este Ministerio para proveer sobre otra solicitud que el mismo individuo ha dirijido en estos dias al Gobierno.

Sírvase V. S. remitírmelo con la brevedad que le sea posible, i acepte las seguridades de mi aprecio. —Santiago, 9 de Julio de 1830. —Diego Portales. —Al Secretario del Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 537

Se ha buscado en esta Secretaría el espediente seguido por don José Joaquin Díaz, en que solicita se prohiba la internacion de las manufacturas mas toscas que pueden trabajarse en el país; pero no se ha podido encontrar, sin duda por el desgreño en que ha estado el archivo durante los Congresos anteriores. Solo no se han rejistrado los papeles que selló un escribano, cuando se entregó de ellos el Secretario del actual Congreso. Si V. S. se sirviera indicar la fecha en que Díaz siguió su espediente, o si se facilitase la apertura de los papeles sellados, aun se pudiera encontrar.

Dos guarde a V. S. muchos años. —Santiago, 15 de Julio de 1830. —Molina, Secretario. —A l Ministro del Interior.