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308 CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS

Constitucion i por formar un lazo indisoluble i eterno con las demás provincias que componen el todo de la República. Esta provincia, por su localidad, es la última que debe escuchar el voto de las otras, que están primero i mas al cabo de todos los sucesos. Ella no tiene el menor inconveniente de obedecer a cualquiera Gobierno estable que se elija en la República, i solo se reduce a no aumentar la triste division que destroza la patria. En esta virtud, he sometido al juicio de la honorable todas las comunicaciones que me han sido remitidas, i su resolucion es el reconocimiento condicional que contiene la acta que en copia tengo el honor de incluir a V. E.

Además de todo lo espuesto, la Intendencia i demás autoridades provinciales i locales están reducidas solo al nombre i a las funciones mas mecánicas de sus destinos, pues el comandante del batallon Valdivia se ha arrogado por la fuerza la casa del Gobierno, todas las rentas nacionales, provinciales i municipales, i todas las demás atribuciones, no solo de la Intendencia, sino tambien del Gobierno Supremo; i la opresion que en todo sentido sufre C'hiloe, lo pone en compromisos de contrariar siempre la conducta abusiva del jefe de la guarnicion, i que solo por mi excesiva lenidad i amor a la paz, sufriendo tal vez lo que el último ciudadano no toleraria, solo a esto, repito, se debe el órden en que nos hallamos.

En estas circunstancias tan difíciles i tan tristes por cualquier aspecto, nuestra conducta debe ser, aunque sumisa a la Nacion, delicada i circunspecta, a fin de que el incendio que volcaniza a las demás que tienen otros recursos no destruya para siempre a Chiloé.

Con este motivo, el infrascrito saluda al señor Presidente con su mayor consideracion i respeto. —San Cárlos, Marzo 27 de 1830. —Elias A. Guerrero. —Señor doctor don José Antonio Rodríguez, Vice-Presidente del Congreso de Plenipotenciarios.


Núm. 394

La Asamblea, en sesion de ayer, a consecuencia de las comunicaciones de V. S, ha acordado se le trascriba la acta levantada en este dia, que es del tenor siguiente:

Sesion del 26 de Marzo de 1830. —Reunida la Asamblea en sesion ordinaria de este dia, con asistencia de los señores don Manuel Velázquez, Presidente; don Francisco Sánchez, Vice-Presidente; i diputados don Fernando Andrade, don Fermin Pérez, don Benigno Bórquez, don Pedro Vargas, don Manuel Martínez, i el Secretario don José Domingo Loiza:

Dieron principio a la sesion con la lectura de la acta del dia de ayer i oficios relativos a la cuestion propuesta por la citada acta, ya en segunda discusion sobre el reconocimiento que debia prestarse al Congreso de Plenipotenciarios, Presidente i Vice interino de la República electos por este cuerpo. Después de un largo i prolijo debate de tres horas i declarando la Sala suficientemente discutida la materia, se fijó la siguiente proposicion: "Si se hacia el reconocimiento del Congreso de Plenipotenciarios, Presidente i Vice electos por este cuerpo, sin perjuicio de ratificar el acta levantada el domingo 21 de Marzo del presente año, que se mandó leer al efecto (la cual se pasó copia al Intendente de la provincia para su debido cumplimiento) i se espuso las condiciones de que hayan de reconocer a estas autoridades nuevamente electas todas las demás provincias, todos los tribunales, oficinas nacionales i el ejército, o si se negaba absolutamente el reconocimiento." La honorable Sala resolvió por mayoria la afirmativa de esta proposicion con las condiciones detalladas en el a, agregando que se comunicase a quienes corresponda para su mas exacta observancia i cumplimiento, con lo que fué ratificada, leida en la sesion siguiente.

El Presidente que suscribe, al comunicar al señor Intendente de la provincia tal deliberacion, le ofrece los sentimientos de su mas alta consideracion i aprecio. —Sala de sesiones en San Cárlos, 27 de Marzo de 1830. —Manuel Velázquez, Presidente. —Domingo Loiza, Diputado-Secretario. —Señor Intendente de la provincia.


Certifico que la copia que antecede es sacada a la letra del orijinal que existe en esta Intendencia. —San Cárlos de Chiloé, Marzo 27 de 1830. —Elias A Guerrero. —A falta de Secretario, Agustin Chávez.


Núm. 395

El Congreso de Plenipotenciarios, en sesion permanente de esta noche, tomó en consideracion la nota de S. E. con que hoi acompaña un oficio de la Comandancia de Armas de Chiloé datado el 23 del mes anterior, con varios documentos justificativos de las desagradables ocurrencias de aquella provincia. El Congreso se ha penetrado de la prudencia i acierto de S. E. el Vice-Presidente de la República en nombrar, como ha nombrado, para Intendente a don Juan Felipe Carvallo, i para Vice a don Lorenzo Cárdenas: aprueba, por lo mismo, este nombramiento i ha acordado avisarlo a S. E. devolviéndole los documentos orijinales que vinieron con la nota referida.

El Presidente que suscribe saluda a S. E. el Presidente de la República con particular aprecio. —Santiago, Abril 12 de 1830. —(Hai una rúbrica.) —A S. E. el Vice-Presidente de la República.