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CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS

fuere la resclucion del Gobierno, tenga la bondad de comunicármela con prontitud para no gravar los perjuicios que me produce la demora de mi viaje

Saludo al señor Ministro con la mayor consideración i respeto. —Miguel Zañartu.

P. S. —Setiembre 8.—Retardado el buque un dia mas sobre el prefijado, ha tenido lugar la comunicacion oficial de que no se hacia mérito en esta nota i que pondrá en manos del señor Ministro el comisionado.

Concuerda con el orijinal. —De Zegers, ProSecretario.


Núm. 299

Usando el />Gobierno de la facultad que le ha conferido el />Congreso Nacional de Plenipotenciarios en su deliberacion de 16 del pasado; i satisfecho del patriotismo, probidad i aptitudes del coronel de caballería don José Ramon Meneses, i de don Francisco Osorio, ha tenido a bien nombrar al primero Intendente de la provincia de Aconcagua, i al segundo Vice-Intendente.

El Presidente que suscribe lo comunica al Congreso Nacional de Plenipotenciarios para que se sirva prestar su aprobacion; reiterándole las protestas de su adhesion i respeto. -Santiago, 2 de Marzo de 1830. —Francisco Ruiz Tagle. —Juan Francisco Meneses. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 300

El Presidente de la República se ha impuesto de la honorable nota del señor Vice-Presidente del Congreso Nacional de Plenipotenciarios, fecha 24 del pasado, en que le participa lo determinado sobre que el Presidente comunique al Capitan Jeneral don Ramon Freire la instalacion del Congreso, el nombramiento del Ejecutivo i demás deliberaciones para los interesantes fines que se indican. El Presidente está mui penetrado de la urjente necesidad de semejante paso; mas, al mismo tiempo, no puede menos que observar al Congreso que no estando todavia reconocido como corresponde, se cree embarazado para darlo por sí con éxito, i de consiguiente, parece natural i oportuno en este caso que el Congreso adopte el mismo aibitrio que tomó para comunicar su instalacion i demás actos, oficiando directamente a los Intendentes de las provincias. Si el Congreso tiene a bien hacerlo así, como no lo duda el Presidente, éste queda dispuesto para tentar por su parte cuantas medidas de prudencia estén a su alcance, consultando la dignidad nacional i procurando por tales medios cortar los funestos progresos de la guerra civil i hacer volver a sus deberes al espresado Capitan Jeneral.

El Presidente que suscribe renueva al señor Vice-Presidente del Congreso las protestas de su aprecio i respeto. —Santiago, Marzo 3 de 1830. -Francisco Ruiz Tagle. —J. Francisco Meneses. —Al señor Vice-Presidente del Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 301

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios ha tomado en consideración el nombramiento de Intendente i Vice-Intendente de la provincia de Aconcagua, que S. E. el Presidente de la República ha hecho en el coronel de caballería don Ramon Meneses i don Francisco Osorio; i lo ha aprobado en sesion de hoi.

El Vice-Presidente del Congreso, al comunicarlo a S. E. el Presidente de la República, le reitera su alto aprecio i estimacion. —Santiago, Marzo 4 de 1830. — Rodriguez, Vice-Piesidente. —Molina, Secretario. —Al Poder Ejecutivo.


Núm. 302

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, ha tomado en consideracion la nota de S. E., 3 del que rije, en que se sirve esponerle el embarazo en que se halla para exijir del Capitan Jeneral don Ramon Freire el reconocimiento i obediencia a este Cuerpo; i habiéndose conformado con las observaciones que le hace, ha adoptado tambien la medida que tomó para comunicar su instalacion i el nombramiento de Presidente i Vice-Presidente de la República a los Intendentes de la provincia.

El Vice-Presidente que suscribe reitera al Poder Ejecutivo las consideraciones de su mas alto aprecio. —Santiago, Marzo 4 de 1830. —Rodriguez, Vice-Presidente. —Molina, Secretario. —Al Poder Ejecutivo.


Núm. 303

Desde que en Octubre del año anterior dieron principio las disensiones políticas, hasta hallarnos sin Gobierno Jeneral i mirarse las provincias como independientes, se dejó ver como único remedio a tanto mal el que ya felizmente habíamos probado en 1823:convocar Plenipotenciarios de las provincias que restableciesen la union i nombrasen un Gobierno provisorio. El tratado de paz del 16 de Diciembre en que V. E. trabajó tan eficazmente, secundó ese voto jeneral, por los artículos 8.º i 9.º. Seis de las ocho provincias que componen la República enviaron luego sus Plenipotenciarios, i se esperan los de Valdivia i Chiloé, que aun no han venido, acaso por falta de buque.

Las exijencias de los pueblos, los deseos de