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CONGRESO NACIONAL

ñala pasquín alguno que yo le haya dado ¿por qué le hacía aquella prevención? Si no señala una pequeña confianza mia ¿por qué era el martirio? ¿qué callaba si ni pasquines ni nada le habia confiado? No nos cansemos. Mis jueces están mirando en el testimonio de Sotomayor que él es tan despreciable i tan inadmisible como lo fué el de Asclepiades por Cicerón cuando defendía a Lucio Flaco.

Apenas me recibí de Presidente del Congreso cuando este infeliz hombre presentó una solicitud para que se le restituyese en arriendo la hacienda del Bajo i Espejo, que habia dilapidado, i porque la entorpecí, abrigaba contra mí un veneno que vino a vomitar en las imposturas de que he hablado, perdiendo ya la esperanza de vengar de otra manera su resentimiento.

Conózcanlo mejor mis jueces, oyendo en el acuerdo al señor diputado don Marcelino Ruiz, que presenció aquella conversacion mui inmediato a nosotros; él dirá si produje semejantes palabras.

El señor diputado don Fernando Urízar podrá informar también si muchas veces le convidé a sentarme distante de Sotomayor, significándole que me avergonzaba su compañía. Con estos antecedentes ¿liaría yo la menor confianza de este hombre?

¡Ah! Si Sotomayor fuera capaz de decir alguna vez verdad, ¡cómo avergonzaría yo a los que me han creído susceptible de bajezas! Huyo tanto de ellas, que tengo por mejor callar que dar a entender ni remotamente que hablo ahora por el estado en que me hallo.

Repito que no he dicho tales espresiones. ¡Qué miserable es la acusación por palabras! Nada hai mas fácil que formar por ellas una calumnia. Yo recomiendo a mis jueces las doctrinas de los mejores publicistas, sobre una especie de acusación que ha menester de tantas observaciones. Las indagaciones i perseguimientos por una conversación familiar, son solo dignas del gobierno de un Domiciano, decia Tácito en la Vida de Agrícola. La palabra no pasa de la esfera de la voluntad. La voluntad sin acción, no es un crimen sujeto al Tribunal del hombre.

En compendio: el asesinato ha sido una farsa, con las miras que observan mis jueces i el público. I la imputacion de anónimos i pasquines, el vestido que quiso darse a los actores supuestos, i que, por desgracia del Ministro inventor, se ha conocido el disfraz.

En una palabra, i con mayor claridad, si es posible, el Ministro esperaba la disolución del Congreso aquel dia. Su conservacion ha sido la salvaguardia de la inocencia.

Defensores ilustres de la Augusta Representacion, yo he sido la víctima escapada a esfuerzos de vuestra integridad. Recibid el justo homenaje de mi gratitud. Recibid las felicitaciones de los libres, i de su mano los laureles, que debisteis ceñiros ese dia. Mi sentencia, ántes que vosotros, ya la ha pronunciado el público; pero esto no os quita la obligación de entrar hoi en el criterio del juicio, reducido todo al siguiente exámen.

Si no hai acusación, si no hai sombras de acusacion, si la imputación ha sido tan atroz, si a proporcion de ella debemos medir la pena i el desagravio, ¿qué castigo damos al ofensor? ¿Qué satisfaccion aplicamos al ofendido? Miradlo bien. .. Sí... miradlo. .. Este es vuestro cargo. Yo descanso mui tranquilo en la confianza de vuestra integridad. Dispensad también mi exaltacion. Mi corazon ha gobernado la palabra, i yo no lie podido resistirle, lie concluido. Me retiro a mi arresto.



Discurso del señor Campino, pronunciado en la sesión del 20 de Febrero en la sala del Congreso [1].

En este negocio he vacilado sobre si debería tomar o nó la palabra. [2]

Tal vez no podré hecerlo con la moderación que exije la solemnidad del lugar, i la respetable concurrencia en que me hallo.

He oido apurar todo el saber lejista de los miembros del Congreso, para probar las solemnidades que se necesitan en esta causa. Pero, señor, es mui cierto que todo el que tenga algún conocimiento práctico en materias de Gobierno, no dejará de conocer que la jurisprudencia revolucionaria[3] es absolutamente distinta de la ordinaria: aquélla es preciso observarla de hecho cuando la Patria está en peligro. En semejantes casos, no puede valer la jurisprudencia ordinaria, que nunca podia tener caso en cavilaciones misteriosas i en maniobras oscuras. [4]

¿Qué medio habrá que no se toque en el día para minar todas las autoridades?

¿I se esperará, que haya dos testigos que denuncien?.[5]

¿Nos atendremos a la táctica calmosa que se acostumbra en los tribunales, para destruir a los

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Papeles sueltos, tomo XIV, años de 1818 a 1839, pajina 144, del archivo de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)
  2. Mejor le estaría no tomarla para no incitar contra sí ti odio de los pueblos, a quienes quiere manejar a bayonetazos en las personas de sus representantes.
  3. Por jurisprudencia revolucionaria, entiende sin duda la bala i la bayoneta; i tal uso es el que recomienda este padre de la Patria en los peligros clasificados solo por él i por un Ministro falsario, con el fin de poder manejar los pueblos a bayonetazos. Estos son los que se llaman liberales por antífrasis.
  4. La persecución de Argomedo ha sido maniobra tan clara que ia han visto los ciegos.
  5. Nó; el antojo del interesado basta para fusilar, basta para dar por probado lo que no se ha soñado i basta para afirmar hechos que horrorizan pueblos. Cuidad mucho en la elección de vuestros representantes i no os alucinéis con una cata!