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SESION DE 14 DE SETIEMBRE DE 1825 371

esta lei no se puede hablar. Ya contra esta lei no se pueden dar diarios, porque será faltar al decoro, prescindiendo de que es un discurso incendiario. Pero vamos adelante.

Las provincias están léjos de decir i espresar que quieren federacion; sino que han dicho lo contrario. La provincia de Coquimbo, en una lei que ha dictado, o que llama lei esa provincia, ha dicho que se reunirá en Congreso; ha dicho que lo practicará cuando lo practiquen las otras provincias. Véase qué diferente opinan las provincias; así es, pues, que, en varios pueblos i en la Constitucion del año de 23, se habrá visto que está establecido un réjimen municipal con mas estension que lo que han hecho las provincias. Llámase federacion (cuando esto sea lo que quieren las provincias) cuando las provincias en toda su estension tienen su soberanía i su independencia i se unen para la defensa común, i en esta union sacrifican algunas de sus atribuciones, sin sacrificar su soberanía. Así es, pues, en Concepcion i Coquimbo no han estado jamas. Lo mismo habia dispuesto la Constitucion del año 23; pero es tan distinto esto con la federacion, cuando ni federacion supone una soberanía; en Alemania los príncipes no eran soberanos; en Holanda no eran soberanos los estados jenerales; los Cantones suizos no eran soberanos; los Estados Unidos no eran soberanos[1]

Ya se ha procedido a jestiones ulteriores, ¿i despues poner en discusion lo que está ya sancionado? Esto no puede haber existido jamas en un cuerpo que esté medianamente organizado: pido, pues, a la Sala, se pronuncie si esto puede entrar en cuestion; segundo, si esto puede publicarse.

El señor Infante. —Deben no solo publicarse los discursos, sino tambien las mociones que he hecho, llámese papel incendiario o, lo que ántes se habia dicho, demagójico; faltaban estas espresiones favoritas de todos los que están a la cabeza de los Gobiernos i de sus prosélitos.

El preopinante difusamente ha vuelto a esponer todos los fundamentos que se tuvieron presentes para ese acuerdo, i yo que me opuse, ¿por qué no podré decir lo mismo en que ántes fundé mi opinion? ¿Con que para unos hai derecho para volver a hablar i para otros se dice: Éste es punto acordado?

El preopinante ha hecho una esplicacion de lo que es el sistema federal; cosa verdaderamente que todos saben, i ha deducido que las provincias no quieren tal federacion, entretanto que sus resoluciones no tienden a otro objeto; ellas han constituido sus Asambleas lejislativas; se dice que reconocen una autoridad jeneral; nada de esto se opone a la federacion; sabemos que Coquimbo ha establecido una caja provisional; que los diezmeros pagan a esta caja; que trata de poner una casa de moneda; trata de establecer un tribunal de justicia; i a pesar de todo esto, se nos dice que no quieren federacion; i porque yo trato de que no contrariemos lo que vemos de hecho practicado en las provincias, ¿se llama discurso incendiario? Este es el resultado, señor, las provincias se han constituido en federacion, i esto es lo que les conviene para su prosperidad; no lo que ha dicho el señor preopinante, de que la Constitucion del año de 23 les daba estas facultades para que estableciesen sus Asambleas; ¿i a qué se establecian? Esas Asambleas eran para elejir precisamente uno de tres individuos propuestos por los Gobiernos; ¿i esto es mejor que lo que se ha hecho por las provincias? Si así fuera, esa Constitucion no habria sido tan mal aceptada.

Señor, ¡papeles incendiarios! Si son así, júzgueme el pueblo; si son así, ¿por qué no se deja que se publiquen i que yo reciba la nota de los pueblos? ¿Hai otro mas interesado en mi honor que yo mismo? Señor, no hai papeles incendiarios para los pueblos; ellos jamas se corrompen aunque algunas veces se les engañe.

El señor Rozas. —El señor diputado que acaba de hablar ha tocado algunas espresiones que se dirijen a impugnar mi discurso anterior; parece

  1. No debemos exijir de los pueblos que quieren darse una existencia política, que se nos presenten bostezando soberanías en todos sus movimientos. Para persuadirse de su voluntad, basta seguir su conducta. Sin la menor intervencion de esta Corte ni del Gobierno jeneral han elejido diputados i han formado Coquimbo i Concepcion sus Asambleas provinciales; han arreglado su judicatura interior; han dictado sus leyes fundamentales. Esta es una creacion enteramente nueva que no está designada por ningun código nacional; i así es preciso confesar que es la espresion mas clara de su voluntad confederativa. Los primeros Waldstetts, Uri, Shurtz i Underwalden no hicieron otro tanto cuando echaron los cimientos del Cuerpo Helvético. Se contentaron con hacer lo que San Fernando, Quillota i Casablanca. No quisieron recibir para sus gobernadores los que la autoridad austriaca les designó, i se empeñaron en nombrarlos por sí. La opinion de la Corte a la posesion de sus derechos empeñó la guerra civil. Los triunfos de la libertad humillaron a la tirania en las jornadas de Morgaten para delinear una conducta mas regularizada en los trescantoncitos, sin que se hubiese aun adoptado un sistema sostenido de union jeneral. Sus Tagen (conferencias) se tenian al acaso. Su Tagleitung (reunion de sus diputados sobre las fronteras) no se ocupaba, aun despues que el canton de Lucerna aumentó su fuerza con su union, sino de la forma de los arbitrazgos, prescritos por sus tratados para determinar las diferencias que podian perturbar esta asociacion. A pesar de toda esta lentitud en el desenvolvimiento de la razon política de los cantones suizos, nadie ha dudado reconocer en su conducta esta espresion de su voluntad que nosotros vemos en nuestros pueblos; así es que toda la estension que se quiere desde luego para reconocer la tendencia de un pueblo hacia un sistema fijo, no puede hallarse sino cuando han alcanzado su fin. Ahora, la estraña asercion de que la federacion no supone soberanía, vale otro tanto que decir: la Santa Alianza no supone una potencia, porque así como los Estados federados que no son sino la reunion de los diferentes cuerpos soberanos, no supone una soberanía, no siendo aquélla sino la reunion de las diferentes potencias, tampoco supone una potencia. La lójica es urjente e irresistible.