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346 ASAMBLEA DE DIPUTADOS

Antonio i don José Tomás, Rodríguez, Rozas, Silva, Uribe i Zañartu.

Leida el acta de la anterior, se esperó para su aprobacion a que viniesen las comunicaciones de que hace mérito, i bajo cuya calidad fué aprobado el oficio, lo que verificado por las notas de que se hablará adelante, quedó espedita para firmarse.

Se pasó a tratar de la órden del dia, leyéndose el ceremonial para la apertura del Congreso; discutiéndose de uno en otro los artículos, los que fueron aprobados con algunas modificaciones, cuya correccion está ya hecha en que se presenta. El señor Infante pidió que se nombrase un redactor para que estractase las sesiones i mui especialmente la del dia anterior, en donde se verá la equivocacion tenida por un señor diputado cuando habló el esponente sobre las ceremonias relijiosas; i se mandó así por la Sala.

A continuacion se trató acerca del dia que debia instalarse el Congreso, i se acordó el miércoles próximo para este acto, debiendo comunicarse esta noticia junto con el ceremonial al Ejecutivo.

Leyóse un oficio reservado del Supremo Gobierno, acompañatorio de las comunicaciones números 55 i 56, de 21 de Mayo último, remitidas por el Plenipotenciario de Lóndres, en virtud de las que resolvió la Sala se suscribiesen i mandasen los oficios para Concepcion i Coquimbo, poniéndose en el lugar, donde habla de las comunicaciones que les ha enviado el Supremo Gobierno, los números i fechas de su referencia. El señor Infante se opuso a la remesa porque desaprobaba los oficios en todas sus partes, i pidió se salvase su voto i estampase en el acta, pretendiendo a mas se le diese de ello un certificado por Secretaría, con lo que se concluyó la sesion, señalándose para la siguiente los asuntos que ocurriesen i otros actos preparatorios que deben preceder a la instalacion. —Cienfuegos. —Silva, secretario.


Entró en discusion el proyecto de ceremonial: se leyó el primer artículo.

El señor Infante. —Todavia no he oido que la Sala, espresa i terminantemente, se haya pronunciado sobre si debe haber esta apertura tan solemne; i esta es una observacion prévia para entrar en el detalle del proyecto.

Yo creo que, cuando reunidos los diputados de Concepcion i Coquimbo, se forme el Congreso jeneral, pueden hacerse esas solemnidades; entónces se prestarán con gusto los pueblos a hacer esas demostraciones de celebridad; mas, en favor de una seccion de ese Congreso ¿a qué esas solemnidades? A la venida de los diputados de las otras provincias ¿qué aparato habrá? ¿En dónde será su juramento? ¿Será en la Sala del Congreso, sin solemnidad alguna, o tendremos que repetirlo de nuevo en la Catedral? ¿O solo estos preparativos i ceremonias son para los diputados de Santiago?...

Así pido que la Sala, ántes de entrar en el detalle de ese reglamento, declare si estas solemnidades se hacen ahora o despues de reunidos todos los diputados al Congreso.

El señor Echeverría. —Ya se ha declarado que este Cuerpo es la reunión de los diputados nacionales llamados al Congreso jeneral, representando provisoriamente la provincia de Santiago[1].: bajo esta declaracion es que se quiere haya esas solemnidades i no tiene nada de estraño esa cosa tan material de repiques i luminarias; yo quisiera que solo se reconociera por las autoridades. Ayer para la instalacion de la Junta se hizo lo mismo. Cuando vengan los otros diputados, como ya está formado el Cuerpo i solo vienen a integrarlo, no tienen mas que incorporarse a él; no hai, pues, por qué se omitan estas ceremonias, i ya se han repetido mucho los motivos de conveniencia que hai para que se haga la apertura de esta autoridad con toda solemnidad. Veamos ahora que vaya diciendo la Sala cuál de esas ceremonias deben es cusarse.

El señor Infante. —El señor preopinante varía absolutamente el punto de la cuestion; dice que, para la apertura de cualquiera autoridad, se harian estas solemnidades; pero yo creo que si este Cuerpo se declarase en asamblea provincial no se instalaria con estas mismas; como poder provincial no vendría a su instalacion el Gobierno jeneral, ni las autoridades jenerales sino solamente las de la provincia. A este Cuerpo se le ha dado el carácter de Congreso jeneral, i si todavia no está reunida la representacion de las otras provincias al Congreso jeneral de que este forma una tercera parte ¿cómo se prescriben esas solemnidades que son propias del Cuerpo entero? Por estos motivos, deben diferirse para despues.

Se vuelve a repetir que son diputados nacionales llamados al Congreso; yo en esto no veo mas que la definicion de los diputados, pero no la del Congreso. La denominacion precisa de este Cuerpo no está declarada en las actas.

Cuando yo reclamé esto mismo en otra sesion se dijo que no convenia decirlo; ¿i cómo ahora se va a publicar esto mismo? ¿Cómo es adaptable para este caso ese reglamento ceremonial? Insisto, pues, en que todas esas solemnidades se

  1. Si hubiésemos logrado del auxilio de la taquigrafía para llenar los actos de todos los cuerpos deliberativos en nuestra revolucion comun, los pueblos no habrian llorado las consecuencias de un error involuntario tan repetidas veces. Los depositarios de su confianza les habrian traicionado una vez, dejando en este rejistro público la filiacion de las dimensiones i del aspecto de su alma para ser reconocidos en su encuentro. Sin este socorro es imposible que las redacciones muestren la misma fidelidad en la memoria i en el espíritu. Las declaraciones a que se refiere el orador, i que precedieron a la taquigrafía, suponen prévias e interesantes discusiones, de que ya no nos es posible tener un exacto conocimiento