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ANTECENTES

El estado de nuestra independencia puede ser que presente aun ocasiones en que cada uno se manifieste tal cual es; entónces podremos salir de muchas dudas que hoi oscurecen el campo de la justicia i del verdadero mérito.

Yo protesto al público que, a pesar de que mis operaciones en esta materia han sido notorias, he sentido una violencia terrible al hacer esta lijera indicacion sobre ellas; ceden en honor mío, i es imprescindible el disgusto al producirlas bajo de mi firma. Me he sometido al imperio de la necesidad, convencido de que aunque dijera mucho, soi disculpable, porque fui obligado. Incipiens factus sum: vos autem me coegistis.

Creo haber desempeñado el plan que me propuse; él será irritante para mis calumniadores; pero su conciencia les dirá siempre que, habiéndome provocado, fué de ellos la imprudencia de decir si habían de exasperarse con la respuesta. Yo debo cuidar de mi buen nombre, i esto me ha puesto en la dolorosa necesidad de satisfacer al público, lo mismo que miraré al adelantar mis esplicaciones, si hubiere quien se tome el trabajo de tachar la presente. En esta materia no hai defensa ni ofensa, i poner al hombre en la necesidad de defenderse, es obligarle a que ofenda. Yo aseguro que no lo apetezco, pero tambien protesto que nunca dejaré al pueblo en incertidumbre sobre ningún procedimiento mío. La opinion pública pesa demasiado en mi ánimo para que jamas me sea indiferente; la buscaré siempre como la busco ahora con documentos que justifiquen mi conducta. —Rancagua, Julio 30 de 1825. —Juan Pablo Ramírez.


Núm. 401


Aconcagua

Cuando el pueblo de Santiago proclamó sus derechos e invitó a los otros para que se uniesen en sentimientos, el de San Felipe de Aconcagua cree justamente encontrar en aquél el apoyo que ha menester para salir del mal que acaba de sufrir, i que, como el órgano de aquellos vecinos que suscriben el poder que manifiesto, espongo a la junta Gubernativa de esta capital:

Citado el vecindario para sufragar si reconocía o nó a la Junta Gubernativa de Santiago, para el dia 20 del corriente, los vecinos suscritos en el poder indicado vivian distantes, i comparecieron unos por la noche de aquel dia i otros el 21. A las 9 de la mañana se presentaron en la plaza pidiendo públicamente que se les recibiesen sus sufrajios, i a las 12 se les contestó por el gobernador que ocurriesen a la mesa de escrutadores 1 que al momento se retirasen; parte de esta componían el párroco don Marcelino Ruiz i el que habla, i ámbos hicieron presente al Presidente don Francisco Mascayano, la necesidad de continuar la votacion; pero sin el menor fruto, porque, a la noche del dicho dia, resolvieron no haber lugar. Debo advertir que, en la noche anterior, no habiendo asistido, por hallarse enfermo, Palacios i haber protestado el señor Ruiz de nulidad de cuanto se obrase sin su asistencia, el Presidente de la mesa, para poder cerrar la votacion que estuviese avanzada por sus ideas, nombró de escrutadores a don José María Luco i a don José Santos García, valiéndose del arbitrio de permitir en la Sala a los soldados del batallón de infantería, a quienes invitó su mismo comandante don Martin Prats, para el acto de aquel nuevo nombramiento. La cosa fué tan prevenida i escandalosa que unánimes dijeron los soldados que, para cuanto fuese preciso, nombraban a su comandante que hablase por ellos. Omito esponer que casi los mas de éstos eran puramente gañanes sin la menor propiedad; que muchos habian votado por la mañana, i por la noche volvieron a hacerlo, mudándose nombre i traje; que algunos fueron sobornados por ti comandante pagándoles dos i cuatro reales; que el mismo comandante, el dia anterior, citó al batallon, apareciendo él, de la votacion, con las armas limpias i empabellonadas en el cuartel, que está pared por medio del lugar de la reunion, i otros hechos que horrorizan. El asunto era tan ganado por los adictos a la Junta que, aunque se hubieran doblado las maniobras e intrigas, nada habrían adelantado si la votacion hubiera seguido, i por eso nada se reparaba.

A vista de estos hechos que pueden justificarse de la manera que se quiera, el acto ha sido enteramente nulo. No hai una razón para privar de sus sufrajios a cuatrocientos i tantos vecinos que suscriben el poder presentado, i que se aumentaría al de mil, si el tiempo lo hubiera permitido. La votacion se repitió el dia 20, porque en la anterior reclamaron ciento i tantos que no pudieron concurrir el dia prefijado para sostener las ideas de los mandatarios de aquel pueblo. Con superior razón debió hacerse en la presente, cuando solo intervinieron pocas horas, i con un motivo tan justo de la distancia i de haber faltado en la noche parte de los que componían la mesa.

En la votacion que se recibió, doscientos i tantos sufragaron por la Junta; agregando a estos, cuatrocientos cincuenta i tantos que suscriben hoi, componen el número de mas de setecientos; de consiguiente, es demasiado notable el exceso.

Puede asegurarse, i yo me ofrezco a cumplirlo por mí i mis poderdantes que, saliendo el gobernador i el comandante del partido para no volver a mandar, en todo él no se encuentran cien individuos que no sufraguen por la Junta, especialmente si la votacion se reduce a vecinos de alguna propiedad, aunque pequeña.

Desengañémonos; el que sepa lo que son los pueblos de afuera, no puede ignorar cuánta es la influencia de un gobernante empeñado en una idea i la facilidad con que hace esperar o temer.