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SESION DE 28 I 29 DE ABRIL DE 1825

gins, no se vió un solo dia de revolución. ¿Sería por esto, que sus hijos no sufrieron persecuciones, destierros i cadalsos? ¿Habrá hombres allá mas comprometidos que acá? Por esto creo que no es este el motivo de la medida de Concepción.

Es verdad que los sucesos de los pueblos del rio de la Plata han sido mui terribles; pero analicemos dónde tuvieron su oríjen, i hallaremos que él consistió en que Buenos Aires quiso tiranizar a las demás provincias i erijirse monarca entre ellas. Pero ¿qué es lo que ha hecho Santiago contra los demás pueblos de Chile? ¿No los ha oido siempre i socorrido en sus necesidades? ¿I por qué se le hace este agravio? Yo me conformaria ciertamente en que un hombre de opinion fuese a Concepción a hacerle presente el estado del Congreso, i los males que resultarían de su disolución; pero ¿qué pueblo amante de su libertad sujetaría el resultado de sus disposiciones a tai o tal persona, sin examinar ántes si ellas acarrearían males o nó? Yo creo que todos los pueblos son libres; pero quisiera que amasen esa libertad, i conocieran en lo que consistía, que entónces serian mas felices.

El mismo diputado que ha hablado en favor de Concepción, dice que de hecho se retira de la Sala, por habérsele retirado el poder con que funcionaba en ella. Aunque soi diputado de Valdivia, hablaré como hijo de Santiago. Yo creo que esta provincia debe nombrar también su Asamblea para que éntre en tratados con las otras sobre el ínteres común de todas; a cuyo efecto deberán convocarla, porque el Congreso es nulo en el hecho mismo de retirar Concepción sus diputados. Vemos que este pueblo no espera ratificación de esta medida, sino que dice de nulidad de todo lo que acuerde esta Representación. De aquí a mañana habrá nuevas ocurrencias de aquel pueblo, i tendremos que someternos precisamente a la fuerza de las circunstancias. Será mucho mejor que todo se haga por medios legales i de prudencia, porque de lo contrario nos esponemos a los peligros de la anarquía que seria mui perjudicial, despues de haber sufrido quince o dieziseis años de revolución.

El señor Novoa. —Sin que sea mi ánimo impugnar lo que ha espuesto el señor preopinante, me contraeré solo a la estrañeza que manifiesta el señor Campino, sobre que Concepción pueda haber procedido a esta medida por una mocion presentada por él dos meses há. Esto sucede regularmente por lo que dije poco ántes, que a pesar de las noticias que pudo haber tenido Concepción, quiso tomarlas de su diputado, a cuyo efecto se dirijió a mí. Yo contesté que en nada estaba impuesto, i que el señor Pineda, que se dirijia para allá, podria instruirle de todo lo que habia presenciado. Ya los señores Rodríguez i Campino han indicado, aunque en cierto modo impugnatorio, la verdadera causa que por varios antecedentes creo ha influido en el movimiento de Concepción; tal es que a la distancia la relación de los hechos llega adulterada, i que tal vez esta circunstancia ha alarmado a aquel pueblo, haciéndole creer el renacimiento de una facción que le era odiosa. Tal vez no fueron estos los motivos, pero ¿qué razón hai para hacerle el agravio de creer que a él no le parecieron justos aquellos por que ha obrado?

No seria cordura entrar ahora en la comparación de los méritos de ambas provincias, porque esta materia es bien delicada; infinitos ha contraído Santiago; pero el hambre, la desnudez que ha sufrido i sufre Concepción acreditan bien sus sacrificios por la libertad.

El señor Barros.—Yo soi uno de los diputados por la provincia de Concepción, i no he tenido de mi pueblo comunicación alguna sobre el asunto que se ventila; tampoco me ha pedido noticias, ni yo se las he dado de las ocurrencias del Congreso. Sin embargo, debo considerarme en este asiento como un diputado de la República de Chile, i mirar el Ínteres de los demás pueblos, como propios del que me nombró.

Dos puntos de vista se ofrecen a la consideración del Congreso: o se separan las provincias o continúan en la unión que ha reinado en la gran familia que formamos. No sen recientes en Chile esas ideas de federación; pues aun en aquellos tiempos en que un ejército casi estranjero nos tenia humillados a sus plantas, ya se advertían deseos por la independencia provincial. Yo creo, pues, que en la actualidad el Congreso debe tratar sobre si debe o no disolverse, o de la adopcion de otro remedio.

Cuando se ocupan los publicistas de esta materia sientan. . i que el Poder Soberano que los gobierna, es como un padre con sus hijos. Si esta doctrina es jeneralmente recibida, i nos hallamos en el caso de que esta separación es mui peligrosa, no es justo contribuyamos a ella. Cuando los miembros de una familia se sujeten a un compromiso en que se deslinden sus derechos, no porque uno se sepaie de él, deben separarse los demás i perjudicarse. El Congreso no es sino un compromiso de todos los pueblos, i si Concepción se separa de él, sin que la masa de la República tenga aun Constitución, no por esto las otras provincias deben separarse ni perjudicarse.

Seria mui útil que la hermana mayor entre ellas, aconsejase i conjurase a las demás a mantenerse en la sólida unión ¡que lia reinado siempre en la gran familia que componen; pero si este paso le saliese infiuctuoso, debe mirar primero por sus intereses que por los ajenos. Este proyecto ha sido indicado por varios de los señores que acaban de hablar; pero su ejecución demanda tiempo, i tal vez no tenga lugar; porque es mui factible esté ya al reunirse la Asamblea de Concepción.

Me conformo, pues, con el parecer de los señores Infante i Novoa, sobre que se proceda a