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CONGRESO NACIONAL

lativo los aplica a objetos de utilidad pública de los mismos partidos en que se comprenden.

Art. 22. Cada perito levantará un plano topo gráfico de la provincia cuyos terrenos mensurará i lo presentará al Gobierno con las dilijencias de la mensura jeneral. —Santiago i Marzo 10 de 1825. — José Miguel Infante.


Núm. 300

Por renuncia que ha hecho al Congreso don Bernardo Osorio, diputado propietario de la ciudad de Chillan, que le ha sido admitida por los motivos en que la funda, se servirá el señor Ministro del Interior dictar sus órdenes para que se elija en aquel pueblo el que subrogue el lugar del señor Osorio i los dos suplentes que corresponden a los dos diputados, según la convocatoria dirijida al efecto.

El secretario que suscribe, tiene la honra de ponerlo en noticia del señor Ministro para su cumplimiento, reiterándole sus consideraciones de aprecio i respeto. —Secretaría del Congreso, Abril 27 de 1825. —Al señor Ministro del Interior.