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CONGRESO NACIONAL

tas. En esta virtud, a UUSS. suplico que, por los fundamentos espuestos, se digne concederme lo que pido; es gracia que espero de su bondad jenerosa. —José Ignacio Sotomayor.


Santiago, Marzo 21 de 1825. —No hallándose la causa en estado de acceder a esta solicitud por ser contraria a la lei, agréguese para su tiempo. —(Hai tres rúbricas.)


Santiago, Marzo 30 de 1825. — Hallándose sin conducto el término con que se comunicó traslado, i recibió a prueba esta causa con todos cargos, dése cuenta al Soberano Congreso, para el primer dia de su reunión, a fin de que se resuelva definitivamente. — Ovalle. — Elizalde. — Palazuelos. —Ante mí, Solis.


En treinta del propio, pasé al cuartel número 8, en donde se halla arrestado don José Ignacio Sotomayor i le hice saber el supremo decreto que antecede. Doi fe. —Labra.


En el primero, a don Patricio Bustamante. Doi fe. - Labra.


Núm. 278

Señores de la Comision de Justicia:

El representante que suscribe, hace presente UUSS. que es concluido el término perentorio por el cual se recibió a prueba con todos cargos la causa criminal, cuya sentencia debo oir.

Por tanto:

Suplico a UUSS. lo avisen al Presidente del Congreso para que le cite estraordinariamente. Es justicia, etc. José Gregorio Argomedo. —


Santiago, Marzo 30 de 1825. —Sin perjuicio de lo proveído con esta fecha por estar trascurrido el término, póngase en noticia del señor Presidente para que obre como convenga i agréguese al proceso. (Hai dos rúbricas.) - Ante mí, Solis.


En treinta i uno del mismo lo hice saber al señor don José Gregorio Argomedo. Doi fe. —Labra.


En el propio, a don José Ignacio Sotomayor. Doi fé. — Labra.


En el mismo, a don Patricio Bustamante, de que doi fe. — Labra.


Núm. 279

Señores de la Comision:

Don José Ignacio Sotomayor, con mi mas profundo respeto, comparezco ante UUSS. i digo: que habiéndose escusado los abogados que he visto para que me defiendan la causa que se sigue contra mí, sobre el debate que he declarado en contra de los señores Argomedo i Fontecilla, he ocurrido últimamente al señor doctor don Manuel Gandarillas, el que me ha prometido hacerme la defensa, i dice que, habiendo ido por los autos para informarse de ellos, se lo impidió el actuario. Suplico a UUSS. que miéntras no se le pasen a su casa no me corra el término; pues quiero que mi defensa sea con todos los trámites precisos para vindicar en algún modo mi honor que, por mis contendores, ha sido tan vulnerado.

En cuya virtud,

A UUSS. pido i suplico que hagan pasar el espediente al señor Gandarillas para que, informado de él, pueda hacerme la defensa que solicito conforme a derecho.

Es justicia, etc. — José Ignacio Sotomayor.


Santiago, Marzo 31 de 1825. —Aunque la Comision, procediendo conforme a la lei por estar circunducto el término con exceso, ha dado cuenta al Soberano Congreso para su resolución, no obstante, obrando con toda la equidad compatible con la misma lei, advirtió al actuario que si algún letrado ocurría a la oficina a instruirse del proceso se lo facilitase al reclamante. —(Hai dos rúbricas.) — Ante mí, Solis.


En treinta i uno del mismo lo hice saber al señor don José Gregorio Argomedo. Doi fe. —Labra.

En el mismo a don José Ignacio Sotomayor. Doi fe. —Labra.


En el propio a don Patricio Bustamante. Doi fe. — Labra.


En dicho lo puse en noticia del señor Presidente del Soberano Congreso. Doi fe. —Labra.


En dos de Abril del presente año le dejé copias de las providencias de 31 de Marzo, 30 del propio i de lo proveído en que se cita para la reunión del Soberano Congreso. De que doi fe. —Labra.



Núm. 280

La Comision estraordinaria de Justicia acaba de recibir en este momento una representación del señor diputado doctor don José Gregorio Argomedo, en que indica que, siendo concluido