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Pesos Rs. Pesos Rs.
que mantiene en aquel puerto, i es como lo espresa el padre prior 145 76,536 ¼
Otras varias deudas i el estado que tienen
Don Jaime de la Guarda i el Cabildo de Aconcagua deben 205 pesos por resto de 550 que de los fondos fiscales gastaron en funciones públicas en Febrero de 819. Se está descontando el tercio del sueldo que disfruta dicho guarda como ministro de la Tesorería de Valdivia 205
La casa hospicio de esta ciudad debe 20,949 pesos; los 6,864.7 de principal i el resto por réditos vencidos, como el Estado está en posesion de este fundo, según tenemos entendido, hemos jestionado sobre el cobro de esta dependencia
Don Joaquín Simón Santa María, residente en el Perú, debe al ramo de temporalidades 3,700 pesos. El cobro de sus réditos ha corrido siempre al cargo de la Tesorería jeneral del Perú, i con motivo de las revoluciones políticas, no sabemos el estado en que se hallará actualmente, pero estamos a la mira para escribir a aquel Gobierno en solicicitud del paradero del deudor para reconvenirle sobre el pago 3,700
Don Manuel Videla debe 16 pesos del rédito del principal de 400 que reconoce a favor de temporalidades. Es acreedor al Erario por réditos de un capital de consolidacion con cuyo motivo tenemos seguro el cobro 16
Doña Francisca de Paula Puente debe 50 pesos por rédito de un principal de 250 que reconoce a favor de temporalidades. El cobro lo haremos cuando se le pague el montepío que disfruta i de que se le deben varias cantidades 50
La testamentaría de don Manuel Mena debe 2,789 pesos 6¼ reales de réditos de un principal que carga en la hacienda Chequen. Su actual poseedor, don Carlos Correa tiene prometido pagará con su sueldo devengado como auditor de guerra, que despues de mandados cubrir, se nos previno de órden superior se suspendiese 2,789 6 ¼
Don Francisco Tagle i Portales debe 3,000 pesos por una contrata de cales que hizo para el cerro de Santa Lucía. Tiene varios créditos contra el Fisco por cantidades de la misma especie entregadas para obras públicas que compensan aquella deuda, cuya liquidacion se practicará luego que nos traiga los documentos que tiene en su poder 3,000