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Pesos Rs. Pesos Rs.
en Julio de 1803, bajo de hipoteca de la quinta que fué de su padre don José Alberto Díaz. Sabemos que está para venderse la quinta, i tenemos oficiado al señor juez de letras don Santiago Echevers, para que se tenga presente esta deuda al tiempo de la venta 800 6 ¼
La de 4,193 pesos 2½ reales que resta don José Manuel Astorga, por el remate que hizo del camino de Valparaíso, el año de 1820. Le está embargada una casa a su fiador don Joaquín Gutiérrez, con cuyos arriendos se va cubriendo el Fisco, i, sin embargo, se ajita el cobro 4,193 2 ½
La de 3,727 pesos 4¼ reales que resta don José Ignacio Sotomayor, por arriendo de las haciendas del Bajo i Espejo. Se está esperando el resultado de sus cuentas de hospitales, en que se cree haya alcance a su favor para cobrar aquella cantidad, i, aunque se ha jestionado varias veces para que los pague, se ha excepcionado con el resultado de dichas cuentas 3,727 4 ¼
La de 655 pesos 5 reales que resta don José Fernández Niño, por el diezmo de la doctrina de esta ciudad que remató en 1820. Están embargadas unas casitas para con su arriendo cubrir la deuda, despues de haberse hecho varias jestiones infructuosas para que se pagase; sin embargo, se continúa ejecutando 655 5
La de 430 pesos 2¾ reales que debe al ramo de temporalidades doña Josefa Astaburuaga. Estamos presentados para que, de la consignacion hecha por el remate de su hacienda de las Lagunillas en don Pedro Palazuelos, se cubra esta deuda, i se nos ha prometido que lo verificarán en estos dias 430 2 ¾
La de don Pedro Garín, por 2,488 pesos 1½ real que debe por el ramo de cuerambres que remató en Enero de 821. Hai que hacerle algunos abonos por varias harinas que vendió al Estado, i cuando lo tratamos de liquidar se fué el deudor para Coquimbo. Estamos presentados ante el señor intendente para que lo haga venir i concluir este asunto 2,488 1 ½
La de 145 pesos que debe el convento de Santo Domingo de Valparaíso, por rédito de 500 que del ramo de temporalidades cargan en la hacienda de Colmo. Hemos hecho varias dirijencias para su cobro, i se excepciona el prior con que el Erario le debe grandes cantidades por las aulas de primeras letras i gramatica