Esta página ha sido validada
Pesos | Rs. | ▼Pesos | Rs. | ||||||
su cobro, habiendo pedido el deudor se le abonen los arriendos de la casa que le tuvo secuestrada el Gobierno en la Plazuela de la Compañía, i otra de la calle de San Pablo, i todavia no se ha dado resolución sobre ello | 3,883 | 7 | |||||||
La de 2,500 pesos i sus intereses de 8 años que cobra el mismo Arangua, por tantos que tomó a interes en 1801 pertenecientes a las misiones de la Imperial i Llolco. El espediente corre bajo de una cuerda con el anterior, i se halla en el mismo caso | 2,500 | ||||||||
La de 4,765 pesos 3 reales que debe al ramo de bulas el finado don José Bravo, cuyos bienes se hallan en concurso ante el Consulado, a cuyo Tribunal hemos oficiado repetidas veces sobre su cobro, i hasta ahora ignoramos el estado en que se halla | 4,765 | 3 | |||||||
La de don Francisco Antonio de la Carrera, por 16,097 pesos 7¾ reales que debe al ramo de diezmos por el remate del esta ciudad, de 1811. Se sigue un voluminoso espediente para su cobro, i aunque se ha mandado hacer algunos abonos a cuenta, solicita el interesado otros, i al efecto se halla en la Corte de Apelaciones con una representación que hicimos en Noviembre último, i aun no se nos ha dado noticia de su resultado | 16,097 | 7 | ¾ | ||||||
La de 3,387 pesos 1½ que resta al ramo de temporalidades la testamentaría de don Juan Jerónimo Ugarte, cuyo albacea se excepciona con la solicitud de varios abonos que exije del Fisco, a cuyo fin se presentaron los tres cuerpos de anteriores para su liquidacion, i estándose practicando los volvieron a pedir i no los han vuelto, i en su virtud se está practicando ejecutivamente el cobro | 3,387 | 1 | ½ | ||||||
La de 915 pesos 5½ reales que se deben al ramo de bulas por el bienio de 1810 i 11, en que las tuvo a su cargo el finado don José Antonio Herrera. Para su cobro se remató una casa del deudor, cita en la calle de la Merced, que la sacó don José Manuel Barros, i se sigue espediente sobre sí 620 pesos que cargan en ella a favor del convento de la Merced son o no preferibles al Pisco, porque siéndolo no es obligado el señor de Barros a su entrega, pero sí en caso contrario, a cuyo fin se están siguiendo vários trámites | 915 | 5 | ½ | ||||||
La de don Manuel Francisco Díaz, por 800 pesos 6¼ reales i sus intereses de 4 años, por tantos que se le dieron a interes del 5 por ciento por 6 años, |