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SESION DE 14 ABRIL DE 1825

les su trasporte, habia dado libranzas contra su diputado cerca de este Gobierno; i que, habiendo salido dicho señor para Lima, no se habia encontrado quién cubriese la libranza; que, en este conflicto, tratando de allanar los auxilios que se necesitaban i no teniendo la Caja, habia adoptado el partido de sacarlos de los mismos europeos pudientes de este Estado, nombrando a un individuo de ellos mismos para que los ratease hasta la cantidad de cuatro mil pesos que importaba la suma, bajo la protesta de librarles este préstamo contra el Gobierno de Lima, a nombre de estranjeros para que fuese mas efectivo i mas seguro el cubierto; que, verificado el rateo, se Les hizo saber que dentro de dos o tres dias entregasen la cuota que les habia tocado en Tesorería, i que no habia tenido efecto porque solo dos o tres habian entregado su continjente; que lo hacia presente al Congreso para que tomase la resolución que creyese conveniente. Se hicieron varias observaciones en pro i en contra, i entónces se indicó por un señor diputado que, no siendo negocio puesto en la órden del dia, se debia declarar: primero, si se trataba con preferencia al del dia, o nó; i así declarado por unanimidad, se continuaron las observaciones; i declarado bastante discutido, se fijó la siguiente proposicion: "¿Se lleva adelante el proyecto del Ministerio o nó?n I habiendo resultado equivocada la votacion, se procedió a hacerla por segunda vez; i habiendo salido igual por ámbos estremos, se declaró qué, conforme al artículo 64 del reglamento, se llevase a discusión al siguiente dia.

Se dió cuenta, despues, de una comunicación de la Caja de Descuentos, relativa a que los empresarios de especies estancadas piden cien mil pesos a cuenta de los quinientos mil que se obligó el Gobierno a darles en su contrata, i se mandó pasara la Comision de Hacienda.

Se dió cuenta de otro del Ministerio del Interior sobre la propuesta que hace don Andrés Blest, de comprar a censo el castillo denominado de la Concepción en Valparaíso, i se mandó pasar a la Comision de Hacienda.

Se dió cuenta de otro del Ministerio de la Guerra, en que incluye una comunicación del comandante del número 4 i del Comandante Jeneral de Armas, sobre los excesos que se están cometiendo por el inicuo Pincheira i sus satélites, i se mandó traer en la órden del dia.

Se dió cuenta de otro del Ministerio del Interior, en que se acompañan proposiciones ventajosas de Londres para el fomento de minas, i se mandó pasar a la Comision de Minería.

En este estado, se levantó las sesión, anunciándose para la siguiente el mismo asunto sobre auxilios i el que ántes se deja indicado.

Nota. —Que las notas que llevan los taquígrafos del Congreso no pueden ser franqueadas a particulares, i que, para la redacción oficial de las sesiones, estén sujetas a la revisión de los diputados a su voluntad. Esta es la indicación del señor Campino.


ANEXOS

Núm. 230 [1]

Legación chilena.

La abundancia de capitales que hai en Londres, con motivo de la larga paz i el ínteres que excitan los nuevos estados de América, donde los comerciantes ingleses contemplan un vasto campo para toda especie de especulaciones, presenta la feliz oportunidad de que Chile reciba hoi uno de los mayores bienes que podian proporcionársele en el trascurso de muchos años i en cuya asecucion trabajo con empeño, i estoi por decir a US. que casi tengo en la mano el buen resultado.

Tal es el establecimiento de una compañía, de capital al ménos de un millón de libras esterlinas, para fomentar los trabajos de las minas de Chile. Si US. recuerda lo que ha sido el empréstito i los funestos resultados que ha traído, mirará con horror toda clase de negociaciones que comprometan al Gobierno o agobien al Erario, absorbiendo sus fondos por una larga série de años; pero la compañía de minas es un negocio mui distinto en que el gobierno nada tiene que lastar, ni aun tomar parte, si no es la protección que debe dispensar a todo establecimiento útil, i en que el país recibe ventajas tan importantes como evidentes. La misma utilidad del proyecto casi haria desconfiar, a vista de que los grandes bienes por lo regular están acompañados de grandes sacrificios.

Una compañía compuesta de casas de la mayor opulencia en Londres, toma a su cargo reunir i poner en Chile hasta un millón de libras esterlinas, con dos objetos: 1.º habilitar a todos los dueños de minas que, careciendo de capitales con que trabajar por su propia cuenta, quieran ser habilitados por la compañía i entrar por consiguiente en contratos con ella; dichos contratos se reservan al espontáneo avenimiento de los interesados que, o convendrán en partir las utilidades por mitad, por tercios, o en la forma que les parezca, o estipularán (como ha sucedido en Méjico) que se les dé actualmente un precio fijo por todo el tiempo que la compañía trabaje la mina, lo que equivale a una especie de arrendamiento. En fin, las combinaciones en los contratos podrán variar inmensamente conforme a la voluntad i circunstancias de los interesados, a

  1. Este documento i los tres siguientes han sido trascritos de EL CORREO DE ARAUCO, núm. 46, de 2 de Abril de 1825. (Nota del Recopilador.)