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CONGRESO NACIONAL

odios, los rencores i las venganzas, i ciertamente seria la medida mas anti-política fomentar la preponderancia de un partido, facilitando a sus sectarios los medios de asegurar su venganza contra los de la oposicion. Por tanto, el Director, en la dura alternativa, o de faltar a su primera obligación de velar sobre la tranquilidad interior de los pueblos, o de coartarles la libertad en la elección de sus majistraturas municipales, no ha encontrado, por ahora, otro arbitrio mas oportuno que mandar suspender los efectos de la elección hasta consultarlo a la Representación Nacional, de cuya prudencia aguarda la resolución conveniente.

El Director aprovecha esta oportunidad para protestar nuevamente a la Sala sus sentimientos de adhesión i respeto. —Santiago, Marzo 3 de 1825. —RAMÓN FREIRE. — José María de Astorga. — Al Congreso Nacional.


Núm. 2

Excmo. Señor:

Los ciudadanos José Santos Olmos, Manuel Pérez de Valenzuela i Buenaventura Ulloa, ante V. E., con el mas profundo respeto, hacemos presente, que hace el tiempo de tres años a que fuimos electos municipales del Cabildo de la ciudad de Quillota, cuyo cargo tenemos la satisfacción de haber desempeñado de un modo consecuente a las intenciones del Supremo Gobierno que nos elijió. Las desavenencias i tumultos de pasiones complicadas en que se hallaba envuelto este vecindario, lo precisaron a sujetar a la voluntad del Supremo Gobierno aquella elección; en efecto, este fué el remedio de tan horrible mal; pues al instante cesaron los resentimientos i discordias civiles, i se vio con placer unida la voluntad jeneral de este pueblo.

Complacido el Gobierno de ver realizadas sus miras, habia demorado el acto de otra nueva elección; pero, creyendo asegurada la tranquilidad de este vecindario, decretó, con fecha del 1º del que rije, que se efectuase; esta órden fué recibida en los momentos de hallarse ausente, en la capital, don José Ignacio Olmedo, uno de los miembros de este Ilustre Cabildo. Los que representan, se recelaban, no sin justos motivos, como lo haremos ver en adelante a V. E., del espíritu de fusión que habian dado a conocer don Joaquín i don Vicente Orrego i don Pedro Vázquez, en unión del recordado don José Ignacio, i para cortar las funestas consecuencias que siempre traen consigo las decisiones i partidos, invitamos al delegado de esta ciudad, para que, aprovechando la brillante oportunidad de hallarse el Cabildo en igualdad de votos por la espresada ausencia, hiciese el suyo decisivo i se colocase en aptitud de poder dar cumplimiento a las intenciones paternales de V. E.; pero todo fué en vano, a pesar que hacíamos presente ante el delegado la actitud en que se hallaba para evitar los males que sobrevendrían a este vecindario, si triunfaba en la nueva elección la facción que hoi prevalece; se esperó la llegada del anunciado Olmedo, i con esto, quedó de hecho i con antelación por ellos la elección, siendo hasta inútil nuestra asistencia a este acto, sin embargo, la prestamos gustosos, i fué solo a ser espectadores de la mas nula i viciosa que jamas pudo hacerse; pues, el empleo de alcalde de primer voto fué proveído en la persona de don Enrique Funer, por cuyo sujeto se ha visto en esta plaza derramada la sangre del buen ciudadano don Martín Araya, que fué víctima de la ferocidad de sus sectarios; i en quien, en virtud de la Constitución provisoria que, a nuestro concepto, es la que rije, i mas de un decreto supremo en el que terminantemente espresa que los empleos concejiles rolen entre todos los vecinos, i que no puedan ser reelejidos antes de pasados dos años, aun no están cumplidos los que la lei exije para que vuelva a ser reelecto el sujeto elejido máxime habiendo sido depuesto de este empleo por revolucionario. El de segundo fué conferido a don Lorenzo Urrutia, el cual, en los momentos mismos que el tirano cantara los triunfos de sus armas en esta plaza, él, abrazado de la bandera enemiga, triunfante mediante a la desgracia que esperimentamos en Rancagua el año de 814, lloraba amargamente la decisión que habia mostrado en favor de la causa de América, hasta que, mediante el arrepentimiento que manifestó, consigue la protesta de ser protejido. Este hecho, Excmo. Señor, ha sido en Quillota demasiado notorio, por cuya causa el Gobierno patrio ha mirado a Urrutia indigno de obtener empleo alguno. El de subdecano, en don Joaquín Orrego, yerno del precitado, contra lo dispuesto por el Senado Conservador i Lejislador, que preceptuó no recayese en dos individuos vinculados por el parentesco empleos de esta clase, i cuyo sujeto habia desempeñado la alcaldía el tiempo de tres años; el de alcalde provincial, en don Agustín Ovalle; i el de rejidor, en don Francisco Castro, cuyos sujetos no están avecindados, en virtud de no tener una propiedad inmueble, por cuyo motivo no pueden reputarse como vecinos de esta ciudad i ser puramente unos arrendatarios, con residencia de poco mas de un año a esta parte, i el último en un fundo que dista mas de ocho leguas de esta ciudad.

A consecuencia de las dichas elecciones, juzgamos una medida prudente espresar al márjen del anterior, por medio de una nota, la protesta de hacer presente a V. E . la falta de justicia con que se habia procedido, infrinjiendo todas las órdenes i leyes que ha tenido a bien la Soberanía dictar en el caso i tampoco se nos consintió. Estamos en un tiempo oportuno de poder remediar las funestas consecuencias que ha de traer consigo un acto tan violento; V. E. hará memo