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60 CÁMARA DE SENADORES

José Antonio Subercaseaux i don Francisco Ignacio Ossa, habiendo acordado entre otros particulares la elección de dos Senadores i un suplente, hizo leer al secretario los artículos 30, 34 i 36 de la Constitución, que previene el Reglamento de Elecciones, i un decreto del Congreso Nacional de Plenipotenciarios, relativo a que se invite a las asambleas a fin de que espresen en sus sufrajios si dan a los Senadores facultad de anticipar i convocar la gran Convención de que habla el artículo 133 de la Constitución. Uno de los diputados observó que al tratar un asunto de tanta gravedad i trascendencia, cual era la alteración de un período constitucional, i que pocas horas há habían jurado observar, era de necesidad se consignase su resolución a dos o tres discusiones; que esto no impedia la elección de los Senadores, puesto que el resultado de este asunto podia adicionarse al acta de su elección; por lo que se defirió unánimemente la Sala, acordando se reservase esto último para la sesión inmediata, i se procediese inmediatamente a la elección de dos Senadores i un suplente de que habla el artículo 51 del reglamento, cuya operacion así que fué concluida, resultó de su escrutinto haber obtenido don Manuel José Gandarillas seis votos para Senador en propiedad; seis para lo mismo don José Vicente Izquierdo; dos para id. don Juan Antonio Guerrero; uno para id. don Francisco Antonio Pinto; uno para id. don Juan Agustín Badiola; i uno para id. don José Nicolás de la Cerda. Para suplente, seis don Mariano Aristía; uno para id. don Juan Egaña; uno para id. don Gaspar Marin, i uno por don José Antonio Valdés, resultando de consiguiente electos para Senadores en propiedad don Manuel José Gandarillas i don José Vicente Izquierdo, i para suplente don Mariano Aristía. De esta elección se hizo por el Presidente la correspondiente proclamación. Acto continuo i en sesión ordinaria del 28 del actual, habiéndose puesto en discusión el asunto reservado en la anterior de 25 del mismo para la inmediata, relativo a la concesion de facultades a los Senadores, de que habla el artículo 2.º del decreto del Congreso Nacional de Plenipotenciarios de 22 del pasado, ha acordado después de un detenido exámen, i precediendo las mejores disposiciones, se concediese i adicionase al acta de los Senadores la facultad de anticipar i convocar la gran Convención de que habla el artículo 133 de la Constitución.

Con lo que, siendo pasada la hora, se levantó la sesión. —JORGE EDWARDS, Presidente. —José Santiago Rodríguez, Diputado-Secretario.



Núm. 102

En la ciudad de San Felipe, a trece dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, reunidos en la Sala consistorial i capital de la provincia los dos tercios de Diputados a la Honorable Asamblea, correspondientes al número total que la lei designa, se procedió a la elección de dos Senadores i un suplente en la forma que previenen los artículos 30, 34 i 36 de la lei fundamental; i en su consecuencia se procedió al escrutinio, i resultaron para Senadores: presbítero don Manuel Fruto Rodrígues con nueve sufrajios, don Juan Francisco Meneses con siete, don Isidoro Errázuriz con dos, don José Miguel Infante con uno, don Carlos Rodríguez con uno, i para suplentes: don Isidoro Errázuriz con siete, don Pedro Mena con dos, don Domingo Amunátegui con uno; por lo que resultó la elección en favor de don Manuel Fruto Rodríguez, para primero, i para segundo, doctor don Juan Francisco Meneses, i suplente don Isidoro Errázuriz, con facultades para convocar la gran Convención; con lo que se levantó la sesión i firmaron la presente. —Manuel Sotomayor, Presidente. —José Antonio Aspee. —Jerónimo Camus. —José Domingo Sarmiento. —Joaquín del Fierro. —Manuel Silva Ugarte. —Juan Figueroa. —Manuel José Ñuño. —José María Valenzuela. —Manuel José de Astorga, Secretario.

Es copia legalmente sacada de su orijinal. Manuel Sotomayor. —Manuel José de Astorga, Secretario.



Núm. 103

En cumplimiento del artículo 52 de la lei de elecciones, remito a usted la copia del acta levantada i aprobada por esta Asamblea con motivo de la elección celebrada ayer 13 de Marzo, en virtud de la cual ha cabido a usted el cargo de Senador. —Dios guarde a usted muchos años. —Santiago, Marzo 14 de 1831. —Isidoro Errázuriz, Presidente. —A. Jacobo Vial. —Señor don Manuel Gandarillas.



Núm. 104

En la ciudad de Santiago de Chile, a trece dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, reunidos los señores diputados a la Asamblea, don José Manuel Astorga, don Ambrosio Aldunate, don Martin Avaria, don Diego Barros, don Isidoro Errázuriz, don Domingo Eyzaguirre, don Juan de la Cruz Gandarillas, don Agustín Larrain, don Miguel Mendoza, don Pedro Moran, don Francisco Borja Olivera, don Ignacio Reyes, don Manuel Salas, don Manuel Valdivieso, don Ignacio Valdés i don Antonio Vial, para dar cumplimiento al artículo 31 de la Constitución, previas las solemnidades prescritas en el artículo 51 de la lei de elecciones, se procedió a la elección de dos senadores i un suplente; i despues de recibida la votacion i hecho el escrutinio, resultaron: para senadores, catorce votos por don Fernando Errázuriz, trece