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294 COMISION PERMANENTE

pesos, procedentes de diezmos rematados en 1811. El espediente deque consta esta deuda debe existir en el archivo del Congreso, a virtud de la resolución que citan los ministros del Tesoro, i para poder activar su cobro por medios legales, cree el Gobierno necesaria su remisión, con devolución del oficio que se acompaña.

Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Noviembre 19 de 1831. —Joaquín Prieto. —Manuel Renjifo. —A S. E. el Presidente de la Comision Permanente.



Núm. 367 [1]

Deseando precaver los riesgos que amagaban la quietud pública, de que he informado a V. E. en 29 del pasado, i en conformidad de la declaración de ese cuerpo que V. E. me comunicó en el mismo dia, he tenido a bien espedir con esta fecha el decreto que acompaño en copia para que V. E. se sirva ponerlo en conocimiento de la Sala.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Noviembre 8 de 1831. —Joaquín Prieto. —R. Errázuriz. —Al Presidente de la Comision Permanente.



Núm. 368

La Comision Permanente, instruida de la comunicación de los ministros de la Tesorería Jeneral que V. E. incluye en su nota de 19 del que rije, tiene el honor de esponer que no se encuentra en el archivo del Congreso del año 1827, el espediente seguido por los espresados ministros del Tesoro contra don Francisco Antonio de la Carrera; pero en la sesión del 2 de Agosto de dicho año de la Comision Nacional se encuentra un artículo del tenor siguiente:

"También dió cuenta el Secretario de una comunicación de los ministros del Tesoro en que le piden el espediente seguido entre el Fisco i don Francisco Antonio de la Carrera, que pasó al Congreso. Acordó la Salase le contestase por el mismo conducto haberse entregado el espediente a los interesados, conforme al acuerdo del Congreso."

También existe en el archivo un oficio de los referidos ministros, deque incluyo copia a V. E., como de una nota que se halla al márjen de dicho oficio.

El portero del Senado acredita también el hecho a que se refiere el acuerdo que se ha copiado, pues dice que a su presencia se le entregó a Carrera en aquel entonces el indicado espediente.

Dios guarde a V. E . muchos años. —Santiago, Noviembre 28 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.



Núm 369

La Comision Permanente, con fecha de hoi, ha decretado lo que sigue:

"La Comision Permanente, con vista del espediente en que José Marazzi, vecino de la ciudad de Valparaíso, herrero de profesion, ha comprobado que reside en Chile cinco años, que es casado con chilena í ha ejercido en dicha ciudad de Valparaíso el arte de herrería, cuyo espediente se halla refrendado por la Municipalidad de Valparaíso, lugar de su residencia, declara: que el espresado José Marazzi está en el caso previsto por la Constitución, i de que en su consecuencia se le haya por chileno legal, precediendo el despacho de la respectiva carta de naturaleza por el Supremo Gobierno, a quien se comunicará la presente declaración."

Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago. Noviembre 28 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.



Núm. 370

Pareciendo insuficientes a la Comision Permanente las pruebas que previene la lei rindan los que solicitan carta de naturaleza para acreditar que son casados con chilena, ha acordado se haga presente al Supremo Gobierno que, si V. E. lo tiene a bien, puede servirse espedir un decreto previniendo que en semejantes peticiones se acredite lo dicho, presentando un certificado de la partida parroquial de casamiento.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Noviembre 28 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.



Núm. 371 [2]

El Presidente de la República, de conformidad con la partida 6.ª del artículo 83 de la lei fundmental, consulta a la Comision Permanente la destitución del subteniente de ejército don Francisco de Borja González, cuyo individuo, considerado absolutamente inepto para el servicio, según lo que aparece de los antecedentes que

  1. Este documento ha sido trascrito de un volumen del Archivo Jeneral, titulado Congreso Nacional 1813–1870. —(Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trascrito de un volumen del Archivo Jeneral, correspondiente al Ministerio de Guerra i titulado Oficios, 1830-35. —(Nota del Recopilador.)