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SESION DE 15 DE OCTUBRE DE 1831

portantes servicios prestados por el profesor de filosofía don José Miguel Varas, que se ha inhabilitado en el servicio por dar una nueva forma al ramo de enseñanza a que se habia consagrado, i en atención a las facultades que tiene por la parte 12, artículo 46 de la Constitución, decreta :

"El profesor de filosofía don José Miguel Varas continuará gozando, por vía de pensión, la renta de quinientos pesos que tiene en el Instituto Nacional, acreditando ante el Gobierno, cada dos años, con el certificado de dos médicos, su imposibilidad".

Dios guarde al señor Presidente. —Joaquín Tocornal. —Manuel Camilo Vial, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 334

El Congreso Nacional, en vista de la nota pasada por el Poder Ejecutivo con fecha 4 de Agosto próximo pasado, ha aprobado la determinación que éste tomó provisoriamente con respecto a los efectos que condujo el bergantín Arabe, comprendiendo a todos los demás que se hallen en igual caso.

Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Octubre 17 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.



Núm. 335

En vista de la consulta que V. E. se sirvió dirijir al Senado sobre los sueldos debidos al señor don Femando Errázuriz por el tiempo en que, llamado por la lei, desempeñó el cargo de Jefe Supremo de la República en ausencia del ex-Director don Ramón Freire, las Cámaras han sancionado el siguiente decreto:

"Vista la consulta del Poder Ejecutivo sobre los sueldos que debieron pagarse al señor don Fernando Errázuriz por el tiempo que desempeñó el empleo de Supremo Director de la República en ausencia del propietario, i teniendo consideración no menos a las circunstancias de aquel elevado cargo que a los recomendables fines a que se dirije la cesión hecha por el señor Errázuriz, el Congreso declara:

"Articulo único. El sueldo que debió percibir el señor don Fernando Errázuriz en el tiempo que por ausencia del ex-Director don Ramón Freire desempeñó el cargo de Jefe Supremo de la República, es el de doce mil pesos que estaban asignados al Director."

Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Octubre 17 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.