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SESION DE 10 DE SETIEMBRE DE 1831

yeron dos notas del Poder Ejecutivo: la primera dando cuenta haber procedido al nombramiento de los empleados ausiliares, que en conformidad de los artículos 9, 10 i 11 de la lei de 29 de Agosto último, deben acompañar al Visitador Jeneral de las oficinas fiscales, el cual ha recaído en don Fernando Leiva, don Francisco Bieytes i don Mariano Díaz; el primero empleado en la Aduana de Valparaíso, el segundo en la de Santiago, ámbos con el sueldo de su empleo i la asignación de dos pesos diarios i cuatro reales por legua de las que anduvieren en desempeño de su comision; i el tercero, por no ser empleado, con el sueldo anual de ochocientos pesos, i cuatro reales por legua: se mandó contestar i archivar; i la segunda, acompañando un memorial del segundo portero de la Corte de Apelaciones, en que solicita se le haga asignación de renta, i se mandó pasar a la Comision de Justicia.

En seguida, el señor Presidente hizo presente la necesidad que habia en que se acordase cuanto antes un ceremonial para la recepción del Presidente constitucional de la República; i habiendo convenido la Sala, se nombró para formarlo a los señores Egaña, Irarrázaval i Barros, encargándoseles lo presenlasen en la sesión inmediata.

Luego continuó la segunda discusión, pendiente en la sesión anterior, sobre la solicitud de don Pedro Félix Vicuña para que se le permita introducir metales de cobre de Cobija por el puerto menor del Papudo; habiéndose leido el reglamento que formó el Poder Ejecutivo para la ejecución i cumplimiento de la lei de 8 de Marzo de 1825 dictada por el Congreso Nacional, en que permite el comercio de cabotaje, i se suspendió por haberse considerado necesario, para resolver en el asunto, tener a la vista la citada lei, pues en virtud de ella se habia formado dicho reglamento.

Después se tomó en consideración el informe de la Comision de Justicia sobre el proyecto de derogar las leyes 22, título I.°, partida 7.ª i 10, título 24, libro 8.º de la Recopilación de Castilla; i habiéndose dado por concluida la primera discusión después de haber tomado varios señores senadores la palabra, se levantó la sesión, quedando para la siguiente este mismo negocio, el proyecto del ceremonial para la recepción del Presidente de la República, que debe presentarla Comision a quien se encargó, i la solicitud de la viuda del doctor don José Gregorio Argomedo. —Jose Vicente Izquierdo, Vice-Presidente. —Fernando Urízar Garfias, Pro Secretario.



ANEXOS

Núm. 254

El Vice-Presidente de la República ha procedido, con fecha de ayer, al nombramiento de los empleados auxiliares que en conformidad de los artículos 9, 10 i 11 de la lei de 29 de Agosto último deben acompañar al Visitador Jeneral de las oficinas fiscales. Ha recaído en don Fernando Leiva, don Francisco Bieytes i don Mariano Díaz. El primero empleado en la aduana de Valparaíso, el segundo en la de Santiago, ámbos con el sueldo de su empleo, i la asignación de dos pesos diarios i cuatro reales por legua de las que anduvieren en desempeño de su comision, i el tercero, por no ser empleado, con el sueldo anual de ochocientos pesos i cuatro reales por legua. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, I.° de Setiembre de 1831. —Fernando Errázuriz. —Manuel Renjifo. —A S. E. el Presidente de la H. Cámara de Senadores.



Núm. 255

Paso a manos de V. E. el memorial del segundo portero de la Corte de Apelaciones, en que solicita se le haga asignación de renta, para que poniéndolo V. E. en conocimiento de la Sala, resuelva lo conveniente. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Setiembre 10 de 1831. —Fernando ErrázurizR. Errázuriz. —Al señor Presidente del Senado.



Núm. 256

La Cámara de Senadores queda enterada de la nota de S. E. el Vice-Presidente de la República, en que, conforme al artículo once de la lei de veintinueve de Agosto último, da cuenta de la gratificación que ha señalado a los ausiliares que deben acompañar al Visitador Jeneral de las oficinas fiscales. I lo comunico a S. E. en contestación a su citada nota. —Dios guarde a S. E. —Santiago, Setiembre 13 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.