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150 CÁMARA DE SENADORES


Núm. 197

La Comision de Poderes ha visto el acta de elección de Senador, hecha por la Asamblea de Colchagua en virtud de la renuncia admitida a don Pedro Urriola, con la representación que ha dirijido al Poder Ejecutivo don José Ramón Herrera sobre nulidad de la misma elección; i opina que no habiendo concurrido las dos terceras partes de los miembros de aquel Cuerpo, conforme a lo prevenido en el artículos i de la Lei de Elecciones sancionada por el Congreso de Plenipotenciarios, la elección adolece de un conocido vicio de nulidad i debe procederse de nuevo a ella; en cuya virtud, la Comision propone a la Sala el siguiente


PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. —Se declara nula la elección de Senador verificada por la Asamblea de Colchagua en sesión de i 7 de Junio del presente año.

Art. 2.º —Comuniqúese al Ejecutivo para que libre las órdenes convenientes a fin de que se verifique a la mayor brevedad, con arreglo a la leí.

Sala del Senado, Julio 26 de 1831. —Izquierdo. —Meneses.



Núm. 198

Penetrado el Senado de la necesidad de dar a la República códigos lejislativos que le sean peculiares, ha acordado unánimemente se proceda a su formacion, llevándose a efecto las repetidas disposiciones que sobre este particular se han espedido anteriormente.

Pero, queriendo proceder con el tino que exije materia de tanto interés i deseando asegurar el éxito, ha querido antes de resolver sobre el nombramiento de Comisionado que V. E. propone en nota de ocho del presente, saber de V. E. el modo i forma en que piensa encargar la obra para que sea efectiva lo mas pronto que permita su naturaleza, i para que se trabaje en ella con la circunspección necesaria a una empresa de esta clase.

Cumpliendo con el acuerdo de la Sala, el Vice-Presidente que sucribe tiene el honor de ponerlo en conocimiento de V. E. a fin de que se sirva darle las nociones convenientes sobre los puntos indicados para que con ellas pueda resolver con el acierto que desea.

Dios guarde a V. E. —Julio 27 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.



Núm. 199

Considerado en sesión de veintiséis del mes próximo pasado el reclamo del Diputado de la Asamblea de Colchagua don José Ramón Herrera contra la elección de Senador por aquella Provincia, verificada en la persona del fiscal de la Ilustrísima Corte de Apelaciones, don Fernando Antonio Elizalde, que V. E. remitió a esta Cámara con nota de cuatro de Julio próximo pasado, ha resuelto lo siguiente:

Artículo primero. —Se declara nula la elección de Senador verificada por la Asamblea de Colchagua en sesión de diez i siete de Junio del presente año.

Art. 2.º —Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que se libren las órdenes convenientes a fin de que vuelva a practicarse la elección a la mayor brevedad con arreglo a la lei, compeliéndose a los Diputados a la asistencia para que por su falta no quede sin efecto aquel acto."

El Vice-Presidente tiene el honor de comunicarlo a V. E. para los fines consiguientes a lo dispuesto en el artículo segundo, reproduciendo las seguridades de su distinguido aprecio. —Agosto 2 de 1831. —Al Poder Ejecutivo.