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SESION DE 2 DE JULIO DE 1831

Comision especial sobre reforma de la Constitución política de la República; i declarada suficientemente discutida la materia, resultaron aprobados, el 3.º con doce votos contra uno,i el 4.º con once contra dos. Al principiar la referida discusión el señor Egaña hizo indicación para que a ejemplo de lo que regularmente se observa en otros cuerpos deliberativos, se nombrase una comision especialmente encargada de cuidar de la corrección del lenguaje en la redacción de las leyes o decretos que salgan aprobados de esta Cámara; i aprobada por la Sala, fueion nombrados los señores Egaña, Vial, Rodríguez i el Secretario.

Se suspendió la sesión, i a segunda hora se tomó en consideración la proposicion del señor Egaña antes indicada.Después de haber tomado algunos señores senadores la palabra, se declaró la primera discusión por concluida, que dando el señor Egaña en presentar para la siguiente discusión las inscripciones a que se refieren los artículos 2.º i 3.º i se levantó la sesión, quedando acordada la siguiente para el lunes 4 del corriente, en que debe tratarse de los mismos negocios por su órden. —JOSÉ IGNACIO, OBISPO DE RETIMO. —Juan Francisco Meneses, Secretario.



ANEXO

Núm. 169

Siendo notorios i eminentes los servicios que prestó a la Nación el Excmo. señor don José Tomás de Ovalle, i acompañados de la relevante circunstancia de haber sacrificado su existencia en medio de tan gloriosas tareas: siendo tan natural e imprescindible la obligación de premiar los grandes servicios, para estimular al ejercicio de las virtudes, única fuente de la felicidad pública; i habiendo sobretodo manifestado el Senado, en su contestación al Mensaje del Presidente de la República, su intención de honrar i recompensar la memoria i servicios de este digno jefe; juzgo que no puedo añadir otros fundamentos para justificar la conveniencia i aun la necesidad de que se adopte la siguiente proposicion:

"El Congreso Nacional, considerando: que don José Tomás Ovalle, después de haber servido a la Patria en varios empleos de importancia, desempeñándolos satisfactoriamente, se hizo cargo del Supremo Gobierno de la República en las circunstancias mas difíciles ¡ desgraciadas en que ésta se ha hallado, i que en el ejercicio de este alto destino desplegó tal vigor, prudencia i rectitud, que sus nobles esfuerzos para conseguir la terminación de la guerra civil, la unión i el restablecimiento del órden, fueron coronados con el mas feliz stfceso. Considerando que en medio de estas jenerosas tareas, i talvez por consecuencia de ellas, rindió su último aliento en servicio público, dejando un ejemplo de patriotismo, celo e integridad digno de servir de modelo a sus sucesores: i considerando, que la Nación está obligada a estimular las virtudes públicas, honrando los grandes servicios i dando un testimonio de su gratitud a los que han merecido bien de la Patria, decreta:

  1. Don José Tomás Ovalle ha sido benemérito de la Patria en grado eminente.
  2. El nombre de don José Tomás Ovalle se inscribirá con letras de oro en la sala destinada para la reunión de las dos Cámaras del Cuerpo Lejislativo, i su retrato se colocará en la sala del despacho de Gobierno.
  3. Se erijirá un monumento sepulcral consagrado a la memoria de don José Tomás Ovalle, i en él se pondrá la inscripción que acuerde el Congreso.
  4. Los hijos varones de don José Tomás Ovalle se educarán a espensas de la Nación en el Instituto Nacional.
  5. Se asigna sobre el Crédito Público la cantidad de diez mil pesos para ser distribuidos por igual i como ausilio dotal, entre las hijas mujeres del citado don José Tomás Ovalle.
  6. Se señalan sobre el mismo Crédito Público otros diez mil pesos a la viuda de don José Tomas Ovalle, con reversión después de su fallecimiento a los descendientes de éste. —Santiago, 2 de Julio de 1831. —Mariano de Egaña."