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CONGRESO NACIONAL

que los pueblos de Chile resisten naturalmente a toda idea de anarquía; que, amantes del reposo, están siempre dispuestos a contener los desórdenes con que se les quiera perturbar, i que, si en uno u otro han aparecido conmociones desarregladas, ha sido obra de sujestores ambiciosos que, aprovechándose de su sencilla docilidad, les quisieron hacer servirá sus perniciosos designios.

Así se ha visto que, en la presente crisis, todos se han prestado gustosos a concurrir a la sofocacion del desórden. Mediante sus esfuerzos la espedicion restauradora de Santiago hubiera llegado a seis mil soldados; i habria pasado este número, si los hombres de la campaña no hubiesen estado ocupados en las indispensables labores de las cosechas.

El 30 iba a salir la primera division, compuesta de 1,200 hombres, a situarse cerca de esta ciudad, para esperar otras que se le debian reunir. La capital de la República en pocos dias mas habria recobrado su quietud por las operaciones de un ejército respetable, formado por el patriotismo de los pueblos, i compuesto de ciudadanos dirijidos por el amor al órden, i animados del deseo de vengar las injurias inferidas a la Patria.

Todo estaba dispuesto para entrar en la lucha ignominiosa a que habian provocado los sediciosos; i seguramente el resultado habria sido que éstos hubiesen pagado su aleve arrojo con su total esterminio.

Pero, felizmente el movimiento que hizo el batallón número 7 en la mañana del 29, libertó al país de esta escena de horror i restituyó el órden sin que hubiese sido necesario emplear los medios terribles que se habian adoptado. La noticia de este acontecimiento me hizo dar contra órdenes para despedir las milicias, i suspender todas las disposiciones que se estaban ejecutando. Mandé cubrir los gastos que se hubiesen orijinado, lo que se hizo con el producto de especies estancadas, que se tomó de aquella administracion por conducto del intendente de la provincia, i me trasladé a esta ciudad, a donde llegué en la tarde del 30.

Inmediatamente ordené que los tribunales correspondientes formasen causa a los autores del motín, para que sean escarmentados del modo que previenen las leyes. He dado todas las disposiciones necesarias para estrechar la subordinacion de la tropa, i puedo asegurar al Congreso que ya este pueblo reposa en el seno de la tranquilidad. Desaparecieron los sustos i el terror que aflijian a los ciudadanos; todos han recobrado sus trabajos, que el desórden les habia hecho abandonar; las variaciones que habian hecho los facciosos en algunos empleado?, han sido repuestas, i no queda otra cosa de ese movimiento fatal, que la funesta memoria del ultraje escandaloso que se hizo a las autoridades de la República, que sin duda menguaría el crédito del país, si hecho tan ominoso fuese autorizado por la impunidad o el disimulo.

He concluido mi comision, i espero que los Representantes que se dignaron confiármela, procederán inmediatamente a la eleccion del ciudadano que ha de subrogarme en el Gobierno que espresamente renuncio. Yo me retiro a la vida privada, tributando a la Sala las espresiones de mi mayor gratitud por la distincion con que se sirvió honrarme, i protestándole que nunca seré indiferente a los ataques que se dirijan contra la libertad i gloria de la Patria.

Con esta ocasion, tengo el honor de saludar al Congreso con las consideraciones de respeto i veneracion. —Santiago, Febrero 5 de 1827. —Ramon Freire. —M. J. Gandarillas. —Al Congreso Nacional.


Núm. 118

El fiscal nombrado para instruir el proceso a los amotinados del dia 24 i siguientes de Enero último, ha participado al Gobierno que el coronel don Enrique Campino se niega a prestar su confesion, fundándose en que, por la lei del Congreso Nacional de 24 de Julio último, no debe ser interrogado por otro juez que por aquél que dicha lei designa; en esta virtud, el Presidente de la República se ve en la necesidad de consultar al Soberano Congreso sobre la materia, para que se digne manifestar si hai lugar a la formacion de causa, para, en su vista, proceder conforme al artículo primero de la enunciada lei.

Esta ocasion presenta al Presidente de la República la oportunidad de ofrecer al de la Representacion Nacional las consideraciones de su distinguido aprecio i respeto. —Santiago, Febrero 5 de 1827. —Ramon Freire. —Tomas Obejero. —Señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 119

El Vice-Presidente de esta provincia tiene el honor de espresar a V. E. el nombramiento que ha practicado el once del actual, de intendente i vice intendente de ella, con vista de las elecciones de sujetos, hechas por los Cabildos de la misma provincia i en cumplimiento de la lei de once de Octubre último, cuyos cargos han recaido: el primero, en el coronel graduado de artillería don Ramon Picarte; i el segundo en don Rafael Pérez de Arce.

El objeto en dar a V. E. esta noticia consiste en su deseo porque se resuelva por el Soberano Congreso, la duda que se ofreció al tiempo del nombramiento respecto al sentido del artículo tercero de la lei, sobre si podían ser nombrados para los citados empleos ciudadanos que no fuesen naturales o avecindados en la misma provincia.

Con este motivo, el Vice-Presidente ofrece a V. E. los sentimientos de su alta consideracion i respeto. —Valdivia, Diciembre 23 de 1826.